Autónomo con negocio de comercio que alquila un local que posee en propiedad. ¿Modelos IVA-IRPF?

Si tributo en módulos ya no puedo presentar el modelo 310 y 131 a causa del alquiler, aunque mi actividad principal es un pequeño comercio. ¿Supone eso una renuncia tácita al sistema de módulos? ¿Cómo se declara en el modelo 303 y 130 la actividad principal del comercio si antes lo hacía en los otros impresos (310 y 131)?

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Si su actividad profesional no es la inmobiliaria y no tiene un local y una persona contratada destinados a la actividad inmobiliaria, los ingresos que obtenga como particular por el arrendamiento de ese local tributarán (simplemente) como rendimientos del capital inmobiliario en su declaración de la renta.

Gracias por la respuesta. El tema del IRPF parece claro, pero ¿qué modelo presento para el IVA? He visto que es posible que sea el modelo 370 (aunque el alquiler no sea actividad económica).

Por otra parte, creo que aunque estoy en módulos con el comercio me parece que debería estar en el Régimen Especial del Recargo de Equivalencia (más del 80 % de la facturación es a particulares). ¿Es así? En ese caso, ¿cómo se recupera el IVA soportado si es que se puede recuperar?

Muchas gracias nuevamente.

Las obligaciones del arrendador son:
- Alta censal presentando el modelo 036.
- Repercutir en la factura al inquilino el iva en el precio del alquiler estipulado .
- Presentar trimestralmente el modelo 303.
- Presentar anualmente el modelo 390 de resumen del IVA.
Respecto al recargo por equivalencia, necesitaría saber cuál es exactamente su actividad y si interviene en alguno de los procesos de elaboración o transformación del producto. No obstante, según lo que me comenta (en principio) debería aplicarse este régimen al superar su facturación el 80%.
En cualquier caso, advertirle que el régimen de equivalencia supone un IVA mayor y no es posible su deducción ni recuperación. Como ventajas, el trabajo administrativo se simplifica y no es necesario presentar las declaraciones de IVA.

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