Traer dinero de una cuenta en USA a una cuenta en España ¿Tengo que pagar impuestos?

Tengo unas cuantas dudas ya que voy a entrar como socia de una SL Española la cual va a hacer una recapitalización.
Para ello pretendo traerme el dinero que tengo en una cuenta en un banco en USA, la cual está a mi nombre junto con mi padre. Ese dinero lo ahorré cuando trabajé en Venezuela (mi país de nacimiento).
Ahora que soy residente en España (tengo nacionalidad Italiana) mis dudas son:
1) ¿Tengo qué justificar a Hacienda la proveniencia de ese dinero?
2) ¿Tengo qué pagar impuestos a hacienda por traerme ese dinero (necesito convertirlo de US$ a €)? Entiendo que luego tributaré sobre los beneficios que ese dinero vaya a generar sobre la empresa.
3) ¿Es recomendable que lo introduzca directamente como capital social de la SL sin que primero pase por una cuenta personal a mi nombre? ¿O da igual?

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1) ¿Tengo qué justificar a Hacienda la proveniencia de ese dinero?

En principio no tendría que hacerlo a no ser que Hacienda le pida expresamente hacerlo. En cualquier caso, no tiene que temer si puede justificar debidamente la procedencia del dinero.

2) ¿Tengo qué pagar impuestos a hacienda por traerme ese dinero (necesito convertirlo de US$ a €)?

No tiene que pagar a Hacienda por traer ese dinero a España. Si se obtuvo como rendimientos del trabajo, ese dinero habrá tributado ya en el país de origen conforme a su propia legislación.

Entiendo que luego tributaré sobre los beneficios que ese dinero vaya a generar sobre la empresa.

Efectivamente, cuando obtenga beneficios distribuidos por la empresa, tributará en su IRPF por rendimientos de capital mobiliario.

3) ¿Es recomendable que lo introduzca directamente como capital social de la SL sin que primero pase por una cuenta personal a mi nombre? ¿O da igual?

Es indiferente aunque a la hora de justificar lo que sea puede resultarle más cómodo el hecho de que el dinero provenga ya directamente de una cuenta española.

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Muchas gracias por tu respuesta.

Aun sigo teniendo un par de preguntas:

1) Si hacienda me pide justificación de esos fondos, cómo se la debo proporcionar? Es decir, yo trabajé en Venezuela y saqué ese dinero ahorrado hacia una cuenta en USA. No tengo soportes en sí que hagan constar eso visiblemente.

2) Sucede igual si el dinero lo traigo de una cuenta que tenga por ej. en Suiza (tengo nacionalidad italiana pero soy residente en España)?

3) Esto que se hablaba hace poco de tributar sobre cuentas en paraísos fiscales ha entrado en vigor? Si tuviera una cuenta en Suiza a mi nombre tendría que tributar sobre el dinero que tengo ahí?

Pues valdría cualquier medio de prueba como las transferencias que le hubiese realizado la empresa, el contrato de trabajo, etc.

El dinero da igual de donde lo traiga o donde lo tenga, usted tributará en España si es residente fiscal aquí. Por ello, si tuviese una cuenta en Suiza o en cualquier otro lugar, tributará en España por rendimientos de capital mobiliario en su IRPF que es donde tiene su residencia.

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Gracias de nuevo.

Si el dinero proviene de una cuenta de mis familiares (por ejemplo mis padres) se cumpliría todo lo anterior de igual forma también?

Saludos

No puesto que en el caso anterior el dinero es de su propiedad. Si como comenta proviniese de una cuenta a nombre de sus padres se trataría de una donación que debería tributar como tal en España.

Realmente en las cuentas firmamos mis padres y yo. Supongo que con que yo sea una de los titulares de la cuenta entonces no habría problema, es decir no sería donación cierto?

Para ser metódicamente exactos, en ese caso será dinero suyo todo aquél que pueda justificar como ingresos que obtuvo por su trabajo y de su padre todo aquél que consiga justificar como propio. Cualquier uso que exceda de dichas cantidades se consideraría donación de uno a otro.

No obstante, si no se trata de grandes cantidades no creo que Hacienda se ponga a investigar pero es conveniente advertirle de que el impuesto de donaciones es de los más altos así que cuidado.

En todo caso, no tiene que temer siempre que use dinero propio y sea capaz de justificarlo como tal.

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De acuerdo, ya he entendido un poco todo.

A partir de cuanto sería una cantidad "alta"? Le recuerdo que es para recapitalizar una empresa y yo considero que si es una gran cantidad de dinero.

Me recomienda entonces que haga la transferencia desde una cuenta que sólo esté a mi nombre?

Hoy en día no se puede establecer una cantidad fija y determinada como "alta", sólo puedo decirle que Hacienda tiene todo muy controlado y, por lo que comenta, debe de tener la procedencia del dinero bien justificada para evitarse problemas.

Respecto a lo de abrirse una cuenta a su nombre, daría igual si el dinero existente en una cuenta abierta exclusivamentea su nombre procede de una donación de su padre.

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OK. Lo preguntaba porque sí que tengo una cuenta en el exterior que se encuentra solo a mi nombre.

No me refería a que la cuenta en España sea de la que yo soy la titular, si no más bien de la que va a provenir el dinero.

Para concluir entonces, lo que he entendido es que

1) Puedo traerme dinero de una cuenta en otro país (da igual si es USA o Suiza) sin problemas mientras pueda justificar su proveniencia

2) No pagaré impuestos a Hacienda más que por los rendimientos que me genere de aquí en adelante

Perdone lo pesada pero quiero asegurarme de todo porque esto es una operación importante. Me preocupa que Hacienda me exija pagar impuestos sobre cuentas en el exterior. Justo hoy he visto en el congreso de los diputados que algo de eso de la amnistía fiscal internacional que en principio sí fue aprobada.

Qué sucede por ejemplo si la cuenta en Suiza es en las que el titular es secreto (es decir el titular es un número)? Hacienda no puede pedir información sobre el titular de esa cuenta ya que para eso se pagan unos gastos importantes al banco para que sea de esa forma? ¿Cómo se procede en ese caso?

- Puede traerlo siempre que pueda justificar su procedencia y que haya pagado los impuestos del país que corresponda.

- Tributará en España por los rendimientos de capital mobiliario que las acciones le generen.

El tema de los paraísos fiscales es demasiado complejo y extenso como para explicarlo por aquí. Sólo puedo decirle que, el problema en esos casos, radica en el blanqueo de dinero negro por eso le insisto en la importancia de poder acreditar la procedencia y pago de impuestos del suyo.

No obstante, para su mayor tranquilidad podría contratar a un profesional.

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Muchas gracias.

A qué tipo de profesional debo contratar? Un abogado mercantil me vale?

Pues si lo que le preocupa es el tema de impuestos, sin duda, un asesor fiscal. Puede asesorarle también un abogado mercantil pero le aconsejo mejor un especialista en temas tributarios.

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¿Es usted especialista en temas tributarios? ¿Le puedo escribir a su email y hablamos con más detalle sobre mi caso y me da un presupuesto?

Soy abogada especializada en derecho fiscal y tributario. Estaré encantada de atenderle vía email sin ningún tipo de compromiso, así podré atenderle de forma más privada y concreta.

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