Dudas sobre los impuestos que puedo deducir al ser albañil y autónomo

Respecto al modelo 130, casilla 2. Soy albañil y querría saber que gastos puedo deducirme... ¿sería correcto:...? El recibo del autónomo, seguridad social, ¿podría también incluir los materiales que compre para desarrollar las obras? ¿Debo utilizar algún porcentaje sobre los importes? Ando un poco perdido con este tema...

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Te podrás deducir todos los gastos de los cuales tengas factura entre ellos la cuota de utonomos también.
Muchas gracias por tu aclaración. Lo que no tengo claro es una cosa... Si tengo el gasto de autónomo de 400euros, la factura de asesoría 50 euros. ¿En la casilla 2 pondría 450euros? la suma de los dos gastos.. ¿o debería aplicar algún porcentaje?
Otra pregunta es: si hubiera hecho un gasto en material de 300euros con su iva..¿también lo añadiría? ¿Tanto al iva como al irpf?.
Otra pregunta: el modelo 303, si tengo un gasto de 200euros con su iva 18%, ¿en la casilla 22 pondría 200euros y en la casilla 23 de cuota el 18% de 200? ¿Sería esto correcto?
Para finalizar: en el irpf tendría en cuenta el iva del 1trimestre 2011 así como gastos. Tendría en cuenta solo los gastos e ingresos desde el primer día del año hasta el día 20 de abril.. ¿sin tener en cuenta cuotas de trimestres anteriores?
Gracias. Espero que responda... es la primera vez que realizó yo, los impuestos y no quiero equivocarme. Mil gracias.
A todo si, excepto las cuotas de IVA no son gasto en el IRPF y el trimestre es desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo. Lo que pasa es que te dan hasta el 20 de abril para presentarlo.
A ver... entonces en el irpf no tengo en cuenta las cuotas del iva (no son gastos), ¿pero tendría en cuenta la base que pongo en el iva? La duda viene, porque en el iva he añadido, las facturas de compra de materiales de albañilería que he comprado (soy albañil), entonces no sé si la base debo incluirla en los gastos fiscalmente deducibles del irpf junto con la cuota de autónomos (que anteriormente me han aclarado que si podía añadirla) Por tanto ¿debo o no debo incluir esos gastos de materiales (sin la cuota de iva) en el irpf?
Otra duda, en el modelo 303, iva deducible, ¿dónde añadiría el iva de materiales? ¿Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes o en operaciones interiores con bienes de inversión?
Mil gracias! Lo siento por ser tan pesada...
A ver:
Solo te deben quedar claro dos cosas:
1) En el 130 se meten todos los gastos que tienes como albañil y ademas se meten todos los ingresos que tienes como albañil, Pero solo las bases sin el IVA
2) Y en el mod 303 solo se declara en IVA. Es decir, donde te ponga poner la base imponible tun pones las mismas bases que has puesto en el 130. Pero solo vas a pagar por el IVA . Es decir, pondrás las cuotas de IVA devengado de las facturas que tu emitas a tus clientes y las cuotas de IVA deducible de las facturas que tu recivas de tus proveedores o acreedores. Se hace una sencilla resta Y te saldrá a pagar o a compensar.

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