¿Los seguros por desempleo se declaran?

Tengo contratado un seguro por desempleo en una entidad bancaria y por desgracia llevo ya 8 meses cobrándolo, básicamente cubren el importe de la hipoteca.
La pregunta es si tengo que declarar esas cantidades como ingresos en la declaración de la renta, y si se declaran, donde tengo que incluirlas.

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¿Si con el conjunto de los ingresos del año ha superado los 11.200? ¿Uros y el segundo pagados le ha dado más de 1.500? Uros, entendemos que sí tiene que declararlos, ya que al fin y al cabo es como si lo pdercibiera del INEM al cual paga edn su nómina un seguro de dcesempleo.
En cuanto a donde colocarlo es sencillo en rendimientos del trabajo, como si hubiera cobrado del paro.
Confiamos haberle ayudado. Cordiales saludos.
Pero, también estoy cobrando el paro, ¿sigue siendo un rendimieno del trabajo?.
En realidad es como si contratas un seguro de hogar, tienes un percance y te pagan los desperfectos de la casa, ¿habría qué declarar esto?
Gracias.
Dado que está cob r4ando el paro y si no ha recibido ninguna cars5ta, sobre el tema de la Declaración dce Renta, de la Compañía de Seguros, donde contrató a través del Banco el tema del paro para pagar la hipoteca, puede considerarse que es un seguro hipotecario y en consecuencia entendemkos no es un rendimiento del trabajo.
Lo que haya cobrado del INEM por supuesto que sí ya que es un rendimiento del trabajo, pdero lo otro debiera de hablar con la Compañía de Seguros para que le indiquen si destá sometido a fiscalidad o no, ya que depende lo que digfa la póliza, y no la tenemos para verla, pero las Compañías de Seguros normalmente comuniucan todos los datos de las pólizas que tienen de sus clientes, que pueden afectar a renta. Si no ha recibido nada c onsúltelo con ellos mismos, que le asesorarán bien.
Nuestros cordiales saludos.

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