Impuesto por cesión contrato compraventa

He entregado 50.000 euros a una promotora mientras construían un adosado que compre sobre plano por valor de 244.000 euros.
Ahora debo echarme atrás por no poder afrontar la subrogación con el banco de 195.000 euros y busco un comprador al que ceder los derechos del contrato de compraventa que tengo con el promotor.
En caso de encontrar un comprador, deberá pagar éste, ¿el impuesto de transferencia de patrimonio y actos jurídicos documentados?
En caso afirmativo, ¿esos impuestos serian sobre la parte entregada hasta ahora o del total del precio del adosado?
He de decir que aun no esta escriturado.
Hay alguna forma legal o no legal de evitar que el que compra después tenga que pagar el itp, que lo encuentro injusto, ¿más el iva?
No pretendo especular, simplemente recuperar el dinero entregado y que nadie tenga que pagar más impuestos de los necesarios.

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La adquisición por un particular de una vivienda en construcción de la sociedad mercantil promotora formalizada en documento privado produce el devengo anticipado del IVA correspondiente a una entrega de bienes en el momento y por importe de los cobros percibidos anticipadamente.
La cesión por el particular de los derechos sobre dicha vivienda en construcción a otro particular, mediante la formalización de dicha operación en documento privado o publico, constituye la realización de un hecho imponible sujeto a la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, que tributará sobre una base imponible correspondiente al total del valor del bien trasmitido, de acuerdo con el artículo 17.1 del Texto Refundido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Una vez finalizada la construcción, tendrá lugar la entrega de la vivienda por la mercantil promotora al cesionario del derecho, operación que constituye una entrega de bienes sujeta al IVA y no exenta, de conformidad con lo establecido en el articulo 20. Uno. 22 de la Ley del IVA
Entiendo, se tributa sobre el total del precio del inmueble, lo que quiere decir que he
de advertir al que le pase los derechos que pagara 16.000 euros más. Menos mal que
estamos protegidos por la administración que nos facilita las cosas...
Pero repito, el que me compra a mi pagara el iva correspondiente:
¿Hay alguna forma de que pueda ahorrarse el robo del itp?
Tratando directamente con el promotor o algo así...
Gracias
Si. Yo te he explicado la forma legal de hacerlo. Cierto es que muy poca gente lo hace así por el alto coste del impuesto.
Tienes que hablar con el promotor, si no te pone pegas, dais el contrato como no celebrado, tu comprador te dará a ti la entrada del piso y el promotor se lo escriturara a él directamente.
Esta es la forma en que se suele hacer.
Ya decides tu.

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