Irpf

Tengo un préstamo hipotecario el cual me deduzco en la declaración de la renta. He puesto en el piso tarima flotante. El importe que me han cobrado en el suministro y la colocación de la tarima ¿es deducible en el IRPF?
Respuesta
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Entiendo que lo que has hecho es una obra en la que has cambiado el suelo que originariamente traía el piso por tarima flotante. De ser así, no es deducible absolutamente nada de lo que has pagado por ella, es decir, ni el suministro ni la colocación, pues a efectos de la deducción por vivienda, en ningún caso tienen la consideración de inversión en vivienda habitual las mejoras, que es lo que tú has hecho. Esto viene expresamente regulado en el art. 54.2 b) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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