Compra a hermanos

Somos 5 hermanos, y uno de ellos va a comprar la casa que está a nombre de todos.
No se hará efectiva la compra hasta el año que viene, pero este año se el caduca la cuenta vivienda y su intención es hacerme una transferencia en concepto de venta de mi parte, aunque sería una cantidad parcial pagando el resto el año que viene cuando se efectúa la compra-venta formal.
El resto de hermanos cobraría al año que viene.
Mis preguntas son:
1.- ¿Es posible pagar parte ahora y después el resto?
2.- ¿Puedo recibir esta cantidad aunque la venta no se haya hecho efectiva?
3.- ¿Cómo afecta a mi renta 2005 y 2006?
4.-¿Qué tributación tengo que pagar por vendedor?
Si necesita algún dato más, dígamelo.

2 Respuestas

Respuesta
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Aunque no formalicéis la compra ante notario, tendréis que hacer un contrato privado de compra-venta donde consten las circunstancias de la compra.
No hay ningún problema en que tu recibas una cierta cantidad en concepto de adelanto, pero tendría que quedar justificado documentalmente.
Si, es posible pagar una parte antes de la entrega y el resto cuando firmes ante Notario.
La venta hace que tengas un aumento de patrimonio y, dependidiendo de las cantidades, tendrías que hacer declaración del Impuesto de Patrimonio.
El vendedor solo esta obligado al pago del Impuesto municipal del Plusvalía, que se paga en el Ayuntamiento.
Respuesta
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Puedes vender tu parte, de modo que el habría destinado el importe de la cuenta vivienda a adquisición de vivienda habitual.
Pero el hecho de vender o comprar no se considera en el momento de efectuar el pago, sino en el momento de realizar la escritura, de modo que lo importante es esto y no el pago. Convendría que os pusieseis de acuerdo y lo hicierais todos a la vez.
En cuanto a tu renta, te afectará en cuanto a la ganancia patrimonial, que es igual al importe de la venta - el importe de adquisición (o valoración en el momento de adquisición, si como imagino proviene de una herencia). El importe a pagar será del 15% sobre el beneficio, suponiendo que la adquirieses hace más de un año.
Como vendedor solo tienes que pagar el correspondiente a la ganancia patrimonial, en tu declaración de renta, así como el impuesto municipal de incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.
Hola,
Si era una herencia de hace más de un año.
En realidad, la escritura no se hará hasta el año 2006 porque es cuando formalizará la hipoteca, y por tanto mi hermano no puede hacer el pago a todos juntos a la vez, y ha decidido anticiparme a mí mi parte por lo de su caducidad de la cuenta vivienda.
Entonces, si lo importante es la firma de escritura y no el pago,
¿Tengo qué declarar esta ganancia patrimonial total (2005+2006)en la renta 2006 y no en 2005 que es cuando recibo parte del pago de la venta?
No me ha quedado claro. No quisiera tener problemas con hacienda o pagar más por disponer de parte del dinero antes de tiempo.
Gracias
Por otra parte, se admiten pagos a cuenta, incluso el pago aplazado. Lo importante, para no tener problemas es que quede constancia escrita. Creo que lo más correcto sería hacer un contrato privado que refleje la venta de tu parte. En cuanto a la ganancia patrimonial, si te paga en dos veces, también la puedes reflejar en dos partes, lo que a la vez te permitirá pagar menos debido a la progresividad del impuesto. En este caso deberías declarar la ganancia patrimonial en 2005, indicando que parte del importe de la venta lo recibes en 2006.

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