Venta y compra de vivienda habitual

Tengo intención de cambiar de vivienda habitual.
La vivienda actual la compré en el año 2000 por 82000 euros. Quiero venderla en 2005 por 240000 euros (sí, una locura, pero es el precio de mercado).
Está en Alboraya (Valencia 46120).
Ahora quiero comprar otra por 240000euros también; esta vez en Valencia capital.
Tendré que cancelar un crédito hipotecario de 120000 euros de mi vivienda (comisión de cancelación 1%)y abrir otro por unos 150000 euros de la nueva vivienda. Esta vez intentaré conseguir un crédito por Internet o en el Barclays, donde no hay comisiones.
Con todos estos datos...¿puedo saber TODOS los gastos que tengo que afrontar? Sin inmobiliaria de por medio.
La vivienda que compro también es de 2ª mano.
Respuesta
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María jose,
Si la vivienda la compraste por 82000 y la vas a vender por 240.000, sin incurrir en gastos de compra y de la venta, ni en la revalorización del valor de compra por los 5 años que la has tenido, cuando la vendas tendrás unas ganancias patrimoniales (GP) de 158.000 euros sobre la que deberás pagar el 15%, es decir unos 23.700...(las GP serán algo inferiores por los motivos que te he comentado antes ¿eh?)
Pero podrías quedar exenta del impuesto si solicitas exención por reinversión en otra vivienda habitual. Para ello se deben dar las dos circunstancias:
1ª) que la vivienda que vendes sea vivienda habitual hasta el momento de la venta. Para ello debes tenerla al menos durante 3 años.
2ª) que reinviertas TODO lo obtenido en la venta (240.000) en la nueva vivienda. Solo para el caso de exención por reinversión, de las 240.000 podrías descontar la hipoteca que te quedara pendiente (12.000) y el importe resultante (228.000) seria el que deberías reinvertir para que tus GP quedaran totalmente exentas del impuesto.
En resumen, que si reinviertes 228.000 en el nuevo piso, no pagarías nada a hacienda porque quedarías exenta por reinversión. Si ademas de quedar exenta por reinvertirlo todo, tanto la venta como la compra (escritura) se hacen en el mismo año, dicha venta NO DEBERÍAS NI DECLARARLA.
Puedes hacer una reinversión parcial
Y en ese caso tus GP quedarían exentas en la misma proporción en que reinviertas. (Por ejemplo, si reinvirtieras solo la mitad, es decir 114.000, tus GP quedarían exentas en la mitad también y en lugar de pagar el 15% sobre 158000 lo pagarías sobre 79.000)
El plazo para la reinversión es de dos años que pueden ir tanto por delante como por detrás de la venta.
Además, cuando vendas el piso, dentro del mes siguiente deberás pagar el impuesto de plusvalía. Este impuesto es municipal y cada ayuntamiento aplica un porcentaje diferente para calcularlo. Se calcula sobre el valor catastral del suelo (no de la construcción) del piso y depende de los años que lo tengas. Para saber dicho importe acude o llama al dep. de plusvalías de tu ayto. Y allí te informaran de la cantidad que deberás pagar (y que deberás incluir como gasto de la venta en la declaración ¿eh?)
Espero que mi respuesta te sirva de ayuda, un saludo y por favor si no tienes más consultas, no olvides puntuar la respuesta.

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