Renta 2004 y desgravación por alquiler

Me gustaría saber si en la declaración de la renta (IPRF 2004) son los alquileres de viviendas desgravables.

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Otra vez...
Te indico el texto de la ayuda del programa de la renta de 2003 (el de 2004 todavía no disponible)
Carácter general:
"Los contribuyentes menores de 35 años en la fecha de devengo del impuesto tendrán derecho a aplicar una deducción del 10 por 100 por las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, con un máximo de 150 euros anuales por cada contrato de arrendamiento.
Deberán de cumplirse además los siguientes requisitos:
-La base imponible general no ha de superar 18.000 euros en tributación individual o 22.000 euros en tributación conjunta.
-No se ha de tener derecho a la compensación por arrendamiento de vivienda prevista en la disposición transitoria cuarta de la Ley 40/1998.
-La deducción se practicará por el titular o titulares del contrato. No obstante, en el caso de matrimonios en el régimen de gananciales, la deducción corresponderá a los cónyuges por partes iguales aunque el contrato esté exclusivamente a nombre de uno de ellos.
En caso de tributación conjunta, el requisito de la edad deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges, o en su caso, el padre o la madre.
Cumplimentación
A través de una ventana de captura de datos deberá facilitar la siguiente información:
-Contribuyente a quién corresponde la deducción. Se seleccionará «Común» cuando ambos cónyuges tengan derecho a la deducción por mitad. En otro caso se señalará «Declarante» o «Cónyuge», según quién tenga derecho a la deducción.
-Importe satisfecho en el ejercicio 2003.
-NIF del arrendador.
Para lo que te comente en la anterior respuesta referente a la comunidad de catalunya te confirmo que es el 10% y que el tope es de 300 pero también hay unos requisitos a cumplir.
Lo puedes buscar en la ayuda de la renta2003
Me gustaría saber si en la declaración de la renta (IPRF 2004) son los alquileres de viviendas desgravables.
Depende en la comunidad que vivas.
Por ej. en Catalunya te puedes deducir (creo que es un 10%) de lo que pagues al año, ¿con un tope máximo de 300?
Puedes consultarlo en la web de hacienda (www.aeat.es) apartado inf. Tributaria, campañas, renta 2004, y abajo de todo "en normativas"

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