Desgravación vivienda

Hola, voy a vender una vivienda en diciembre de este año para comprar otra el año que viene, mi pregunta es: al tener como ingreso este año la cantidad recibida y no comprar hasta el próximo año, ¿habría algún problema para desgravar a hacienda? ¿Cuál sería la mejor forma de hacerlo?
Muchas gracias y un saludo
Respuesta
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Me imagino que tanto la vivienda que vendes como la que te dispones a comprar se tratan, en cada momento, de tu vivienda habitual. Siendo así, decirte que no habría ningún problema a efectos de acogerte a la exención por reinversión en vivienda habitual.
Informarte que el plazo para realizar la reinversión es de 2 años a contar desde la fecha de transmisión. En tu caso, al vender en un año y comprar en el siguiente, debes de hacer constar en la declaración del IRPF 2004 la intención de reinvertir.
Con la exención por reinversión se consigue que la totalidad o parte de la ganancia obtenida en la venta no tribute a efectos del impuesto.
A la hora de empezar a desgravarte por las cantidades satisfechas en la nueva vivienda, debes tener en cuenta que hasta que la inversión en esta nueva no supere el importe de las deducciones anteriormente practicadas y la ganancia patrimonial declarada exenta por reinversión no podrás aplicar la deducción por vivienda habitual.
Por último, que sepas a efectos de determinar y reducir la ganancia le son de aplicación los coeficientes de actualización y los coeficientes de abatimiento DT9. (Este último siempre que la adquisición de la primera vivienda tuviera lugar antes del año 96).

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