Cuanto se paga por alquilar vivienda (era habitual)

Resulta que he visto en algún artículo que si quieres comprar vivienda de 2º mano, eres menor de 35 y vale menos 130.000 euros pagas el 3.5% de ITP ¿desde cuándo está esta ley?, ¿Sirve para casas rústicas?, la vivienda está en Mallorca, pues bien, quiero alquilar la vivienda A con contrato legal sobre junio mas o menos, e irme a vivir el 1 de enero del 2013 a la vivienda B... Si alquilo el piso A a inquilinos de 40 años...¿qué pago a hacienda a la hora de la declaración?, sí por ejemplo la alquilo por 300 euros al año serán 3.600 euros ¿cuánto se paga a hacienda?, ¿El 19 % del beneficio?,¿El IBI, comunidad deducen?... Estoy perdido... MUCHAS GRACIAS.. 1 saludo.

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Veo que tienes un buen lio en la cabeza, por favor hazme las preguntas de una en una, porque la verdad no se por donde empezar, no te entiendo bien la duda que tienes, ¿la casa A es tuya? ¿La casa B la vas a comprar?... Explícamelo otra vez con un poco de tranquilidad porque me gustaría ayudarte.

ok, tengo un piso en mallorca comprado en el 2003 del cual me quedan 21.000 euros por pagar de hipoteca (vivienda A), resulta que me ha salido una oferta para comprar una vivienda en el campo (vivienda B) y mi intención es alquilar la casa A con contrato legal a 1 pareja de 40 años e irme a la B ..... mi preguntas son....

-1º ¿si alquilo mi casa deduzco el 50%?

-2º ¿cuanto se paga si recibo del alquiler 300 euros cada mes?, total 3600 euros al año.

-3º ¿qué pasa si no me empadrono en la B después de 1 año de la fecha de compra?, es decir seguir empadronado en la A y también fiscalmente, pero vivir "extraoficialmente en la B" y realizo contrato privado sin declarar a hacienda...¿pagaría la renta imputada de la B?, esta claro que si me pillan "la he jodido" pero no se que hacer....no quiero que me metan 1 palo....espero haber aclarado 1 poco más....GRACIAS.!!!

Cuando declaras un alquiler siendo el inquilino mayor de 35 años, se computa solo el 50% de dicho alquiler. La ventaja es que te desgravas de todos los gastos de la vivienda ( hipoteca, impuestos, comunidad si la paga el propietario, seguros, etc...). Si como me comentas quieres dejar la vivienda "A" como vivienda habitual es más complicado, porque te estas desgravando de una vivienda que estas alquilando, cualquier movimiento del inquilino, pidiendo ayudas al estado para el alquiler o empadronándose en la vivienda te puede afectar. Mi consejo es que te empadrones en la nueva vivienda y te desgraves de la hipoteca de ésta en la cantidad que te corresponda, y a la vez declarar el ingreso del alquiler y los gastos que te produce la vivienda "A". De esta manera te desgravarías tanto de tu vivienda habitual "B", como de tu vivienda alquilada "A" y todo sería completamente legal.

gracias por la respuesta, me has dado una muy buena orientación y legal, acabo de leer un artículo que en Baleares es un 60% de deducción para el 2012, no se si es cierto, por lo que tu me has dicho creo entender que el IBI, seguro de vivienda, comunidad que son 40 euros desgrava, ¿cierto?, pues lo haré así, me empadrono en la vivienda B en menos de 1 año y hago contrato legal, pero a la hora de la declaración ¿como puedo decir a hacienda que voy a empezar a desgravar de la vivienda B?, es decir, tengo que llegar a los 60.000 euros por ejemplo que me deducí de la otra vivienda para empezar a deducirme de esta y evidentemente no me van a devolver nada, pero ¿como puedo empezar a decirles que "empiezo a amortizar" préstamo hasta la cantidad anterior?, ¿ellos lo controlan? o ¿yo tengo que demostrarlo?..no sé si me explico...... 1 cordial saludo y gracias.

Creo que hay que especificarlo en la declaración de la renta pero no se como, se lo tendrás que explicar a la persona que te haga la declaración.

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