Dudas sobre una Hipoteca+Depósito Pignorado

Quería exponer esta duda porque no se qué es lo que más me conviene.
Tengo una Sociedad, una SL, quiero comprar una casa cuyo valor es de 400.000 y ponerla a nombre de mi empresa. El hecho es que tengo ese dinero disponible, pero se que no me interesa pagarla "al contado" ya que la empresa se desgrava el 100% de los intereses en un crédito además del tema del IVA, y otros gastos varios.
Bien, el banco me aconseja sacar una hipoteca por ese importe y a la vez suscribir un depósito pignorado por el mismo importe, de tal manera que pueda deducirme todo lo relativo a la hipoteca y por otro lado obtener alguna ganancia con ese depósito.
Tengo muchas dudas de esta opción porque no la conozco, por favor, ¿me podéis aconsejar? ¿Qué condiciones deberían tener la hipoteca y el depósito para se un un "trato"?

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Respuesta
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En primer lugar me pregunto que los 400.000 euros actuales los tendrás en algún producto bancario, deposito, fondo, etc... La mejor opción sería dejar esos 400.000 euros que tienes ahora en el mismo sitio, y seguir utilizándolos de la misma manera.
Posteriormente la hipoteca que te concederá el banco, para que la empresa compre esa vivienda, deberás argumentarle a la entidad financiera que lo puedes pagar sin utilizar los 400.000 euros, es decir, con los ingresos de esa sociedad.
La oferta de tu entidad de un deposito pignorado, es por si algún día esa hipoteca se impaga, poder acudir al deposito y cobrarse.
Debes valorar también, que entiendo que lo habrás hecho, que todo lo referente a la vivienda será desgravable (IVA, intereses del crédito, amortización de la vivienda, su mantenimiento, etc..), siempre y cuando ésta, esté afecta a la actividad que desarrolla la empresa, es decir se utilice para el desarrollo de la actividad. Si este no fuera el caso no sería deducible, ninguno de los desembolsos anteriores.
El caso optimo desde mi punto de vista sería el siguiente.
1.- Te compras la casa a titulo particular, con una hipoteca, y te desgravas en IRPF las cuotas del préstamo que pagues.
2.- Si la vivienda es para uso empresarial. La compra la empresa, y la hipoteca la haces con la empresa. El dinero que tienes tuyo, lo dejas donde está.
Siempre parto de la base que puedes pagar la hipoteca con tus rentas mensuales (nomina, alquileres, etc..), independientemente, de los 400.000. Si es así no tiene sentido pignorar los dineros a la hipoteca.
Espero haberte servido de ayuda. No dudes en preguntarme cualquier otra cosa.
Buenos días
Muchas gracias por tu aclaración y tu tiempo. Te comento lo siguiente:
Sabía que para que todos los gastos fuesen deducibles tenía que desarrollar la actividad en esa casa, y así sería, pero también voy a vivir, con lo cual, cuento que sólo podré deducirme un 50% de ellos.
Por otro lado, el dinero que tenía ahorrado ha estado en varios depósitos hasta hace unos meses, porque hasta hace poco los depósitos eran interesantes, pero desde la caída del euribor dejaron de serlo y no volví a reinventirlo en nada, sinceramente sólo me ofrecían productos de riesgo (además me dieron un buen susto) y tal como veía el patio no me fiaba de ninguna oferta, con lo cual, desde hace unos meses no lo muevo.
También comentarte, ya que haces alusión un par de veces, que sí podría pagar la hipoteca con ingresos mensuales sin tener que tocar ese líquido.
En fin, que tengo un mar de dudas porque no quiero hacer las cosas mal y desconfío un poco de lo que me cuentan las entidades bancarias.
Gracias de nuevo, Susana.
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