¿Qué hago cuando tengo perdidas, con el impuesto de sociedades?

Mi pregunta es que si en el primer cierre de ejercicio tengo pérdidas,
he de contabilizar algo? Porque si no hay beneficio no se paga nada
entiendo, y por tanto contablemente tampoco se hace nada, verdad?

Y ya por curiosidad, si tuviera beneficio, seria meter el 20% (o lo que
fuera) de los beneficios de la 630 a la 475, para pagar, no?

Gracias

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