Nóminas no cobradas.¿En la 465 o en la 551?

Somos dos administradores y por falta de liquidez no hemos cobrado las nóminas de julio, sep, octb, nov, y posiblemente la de dic, vamos a cerrar la empresa el 31 de dic. Y le hemos dicho a nuestro asesor que las ponga como cobradas, (tenemos que tener más de un 30% de pérdidas para coger el paro de autónomos) y luego nosotros hacemos una aportación (cuenta 551) pero el dice que no se puede que hay que hacerlo en la 465 (pendientes de pago) ¿Qué sería lo correcto, teniendo en cuenta que la empresa tiene dos coches que vamos a vender y si logramos vender el negocio?

1 respuesta

Respuesta
1

En primer lugar, las perdidas de la empresa son las mismas pongas la deuda en la 465, que en la 551.

Si quieres poner que la deuda figuré en la 551, debes de hacer primero una aportación, y luego cobras las nominas, en eso no hay problema. Otra cosa es la utilidad que tenga que la deuda figure en una u otra cuenta. Por norma general, y sin conocer exactamente las cuestiones internas de la empresa y las particulares de los administradores, yo te diría que es mejor que la deuda figure en al 465, no hay raro que justificar, como de donde sale el dinero.

Te repito, las perdidas de la empresa no tienen nada que ver con la cuenta que refleja la deuda. Y siempre es mejor ser acreedor de la empresa por temas laborales, que por temas de socio o administrador.

Muchas gracias por la información, además coincide con la de mi gestor, así que si el efecto es que pueden figurar en el pasivo de la empresa pues no hay problema.

gracias .saludos

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas