Contabilización de donaciones a ONG

Una empresa que se dedica a la distribución de alimentos quiere hacer una donación a una ONG.
¿Hay qué facturar dicha mercancía y luego cancelar el cobro de la misma contra gastos?
Para considerarla como donación de cara al Impuesto de sociedades, ¿hay qué contabilizar dicho gasto en alguna cuenta específica?
¿La ONG qué documentación debe aportar?

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Respuesta
1

Lo primero de debes de hacer es tener constancia escrita de que se trata de una ONG reconocida por el estado español, ellos te facilitarán la documentación (Boe de publicación, etc).

En segundo lugar, como en toda entrega, que te firmen el recibí de la mercancía.

Contablemente no debes de hacer nada, pero si en el impuesto de sociedades. Aquí es donde viene la parte desagradable. Las donaciones no son fiscalmente deducibles, por lo que en el impuesto de sociedades hay que poner como gastos no deducible el importe de la donación.

Ahora bien, por tratarse de una ONG reconocida por el estado español, tiene derecho a una deducción del 35% (de la donación), con un máximo del 10% de base imponible del impuesto de sociedades. Es decir, en el impuesto de sociedades se pondrá el 65% como gastos no deducible, siempre teniendo en cuenta la limitación del 10%.

Es un tema un poco lioso, pero espero que lo tengas claro.

Muchas gracias,

Me ha quedado muy claro, salvo por una cosa.

Según Caritas la a factura debe aparecer valorada pero el importe final debe ser cero. Nosotros lo hemos resuelto aplicando un descuento del 100%.

¿Es esto correcto?

Saludos

Lo del descuento del 100% es correcto.

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