Plazo aviso de no renovación del seguro,

Yo quería cancelar mi seguro de hogar y envié un fax a la compañía (Santa Lucía) con 1 mes de antelación pero ahora me dicen que la ley indica que deben ser 2 meses y me obligan a pagar 1 año más, ¿es eso correcto? Me parece abusivo.
También pensé que podría reducir al mínimo los importes asegurados (o incluso que sea sólo de incendios) pero me dicen que entonces dejaría de ser la misma póliza.
Otra cosa que he leído es que podría devolver el recibo del banco, pero esa no me parece la mejor forma de actuar (¿o quizás sí?)
Quisiera saber la mejor forma de librarme de ese seguro.

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Como le han dicho la Ley recoge la obligación de ambas partes (tomador y aseguradora) de avisar la anulación de la póliza de seguro con dos meses de antelación al vencimiento. Puede parecerle abusivo, pero es así. Y le parece abusivo a todo el mundo ya que en la nueva ley el plazo será de un mes, pero para que entre en vigor queda mucho tiempo.
Si devuelve el recibo del banco sigue teniendo el problema porque la aseguradora podría reclamarle en vía ejecutiva el importe del recibo, y cuando salga el juicio tendría que pagar.
Lo que apunta es una buena opción, bajar las garantías. En el momento que usted pida la disminución de capitales, la aseguradora lo hará, y debe variar la prima en la siguiente anualidad. Si aún no le ha vencido la póliza es una posibilidad. Pero si ya ha pasado el vencimiento le aplicarán la rebaja en el precio al año siguiente. También es la Ley...
El invento ese de que dejaría de ser la póliza y no se que gaitas son excusas de gente que no sabe. Si está en plazo puede solicitar la disminución de capitales, hágalo por escrito. So sí, compruebe que la rebaja que le hacen le compensa...
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