Rehabilitación de fachada

En la actualidad vivó en un edificio con una antigüedad de 9 años. La facha del edificio está construida en ladrillo cara-vista. Recientemente hemos sufrido un desprendimiento de varios ladrillos, con caída a la calle.
Mi pregunta es la siguiente, para la rehabilitación de la fachada, ¿qué permisos hay que pedir?.
El edificio en el que vivo tiene tres alturas, 6 viviendas de 90 metros cuadrados cada una, y está situado en la comunidad Valenciana.
Muchas gracias de antemano.

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La intervención que comentas es muy sencilla, lo que necesitas es pedir una licencia de obra menor.
No necesitas contratar arquitecto ni arquitecto técnico, con el presupuesto detallado de una empresa o trabajador autónomo te valdría, te adjunto unos extractos que he sacado de la página web del ayuntamiento de Valencia, los documentos a presentar debes consultarlos en tu localidad, suele haber pequeñas variaciones en función del sitio.
Espero que te sea útil.
Descripción:
Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios. No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.
En ningún caso, las obras menores supondrán alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior ni mermarán las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación.
Obras de acondicionamiento menor en viviendas:
Requisitos:
-No impliquen el cambio de uso de vivienda.
-No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes del edificio, condiciones de seguridad, especialmente estructura y ubicación de conductos generales de saneamiento vertical, ventilación, ni en el aspecto exterior de las edificaciones; ni se sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas.
Obras de acondicionamiento menor en locales:

Requisitos:
-No afecte a la estructura del local.
-No modifique el uso del mismo.
-No incidan sobre el ejercicio de la actividad, o modifiquen los términos o condiciones en que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación. En concreto, no podrán implicar una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección contra incendios, estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia; ni modificar los recorridos de evacuación, aforo, establecer nueva distribución, o modificar las instalaciones de aislamiento acústico y similar.

Otras obras menores
-Sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado u otros trabajos previos y ensayos a las obras de construcción.
-Apertura de catas en la tierra para exploración de cimientos que se realicen bajo dirección facultativa.
-Trabajos previos, bajo dirección facultativa, consistentes en la realización de ensayos para el conocimiento del comportamiento estructural de una edificación, tendente a su rehabilitación, etc.
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes o propietarios, que estén interesados en la realización de una obra de las características indicadas anteriormente en el término municipal de Valencia.
Cuando solicitarlo
Un mes antes de la realización de la obra.
Documentación a presentar
Solicitud de licencia de acondicionamiento menor en viviendas y locales, según modelo normalizado, acompañado de la siguiente documentación:
Fotocopia del DNI/CIF.
Memoria descriptiva de las obras a realizar.
Presupuesto desglosado y total (indicando detalle del IVA.).
Plano de emplazamiento.
Documento en el que conste referencia catastral del inmueble.
Si se efectúa superposición de pavimento: certificado de seguridad, firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso previo de la tasa correspondiente.
En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta a la seguridad estructural del inmueble. Para ello la memoria descriptiva de la obra a realizar estará suscrita por técnico competente y visada por su colegio oficial, e incluirá certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de habitabilidad y de que las obras no menoscaban la seguridad del inmueble.
En su caso y tratándose de obras menores en locales, copia de la licencia o comunicación que autorice el ejercicio de la actividad.
Asimismo, cuando resulte preceptivo, se requerirá la documentación precisa que determine la legislación autonómica vigente en materia de patrimonio cultural.
Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos.
Tasas
1.- Tasa de actuaciones urbanísticas (por las obras a realizar):
Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de obras.
Cuantía para 2011: 131,23 €
El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.
2.- Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia, en el apartado de Normativa.
Actuaciones a realizar por el solicitante
Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia para obras menores (ver cuantía en el apartado "Tasas")
Presentación solicitud de licencia para obras menores, debidamente cumplimentada, acompañada de la documentación señalada en el apartado "Documentación a presentar".
Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obra menor.

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