¿En una terraza privativa quien paga la comunidad o el propietario?

En mi comunidad hay un vecino que tiene una terraza al mismo nivel de su piso y solo se puede acceder por el piso, en la escritura de división horizontal dice que es terraza privativa y ademas hay un punto en el que refleja que las reparaciones y mantenimiento corren a cargo del propietario de las terrazas privativas. Esta terraza esta causando problemas al vecino de abajo de humedades y el seguro del propietario de la terraza dice que es de la comunidad. ¿Quién tiene que pagar el arreglo de dicha terraza, la comunidad o el propietario? Y que pasos debemos seguir la comunidad.

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La cuestión a determinar con exactitud es la titularidad de la terraza. ¿Es la terraza un elemento de la comunidad de propietarios? ¿Es la terraza propiedad del vecino? A partir de la respuesta que se pueda dar a la cuestión se resolverá la titularidad de la obligación de responder frente a los daños causados.

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Cobro de impagados en Comunidades de Propietarios

Respuesta

Dependerá de lo que conste en su escritura. Generalmente en su elemento común pero privativo.

Es decir, podrá utilizarla exclusivamente usted pero en caso de que se deba efectuar una reparación en fachada, suelo, etc., los gastos deberán repartirse entre la Comunidad (ya sea por coeficiente, por cuota, presupuesto... en función de como esté estructurada la Comunidad o conste en Estatutos, y/o se haya decidido previamente por la junta).

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