Comunidad y mancomunidad

Mi pregunta no es nada sencilla. Somos una comunidad de propietarios con el garaje mancomunado con otra comunidad (porque el garaje se construyó con servidumbre de paso)pero al que accedemos directamente desde el bloque donde está mi vivienda.
Hasta ahora venía pagando por un lado la comunidad de vecinos y por otro la comunidad del garaje, ya que los gastos del ascensor por bajar a la planta -1 se entendían que se abonaban porque en la misma planta hay trasteros y además como he dicho ya se paga otra comunidad. Ahora se requiere un cambio en las cuotas de la comunidad y pretendemos hacerlo por coeficiente, de manera que uno de los propietarios de piso sin garaje ni trastero exige para la modificación de cuotas que se contemple también porcentualmente el garaje.
Ya que pagaríamos dos veces por unos mismos metros cuadrados, ¿no resulta injusto?
Además, si no tengo mal entendida la LPH, el coeficiente debería tener en cuenta el uso de las zonas comunes, y ya que esto no es una entidad física, ¿cómo se calcularía?

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Las cuotas a pagar por ley son por reparto en función a los coeficientes. Si hasta ahora lo estáis haciendo de diferente manera es porque en su día llegasteis a un acuerdo por unanimidad, en caso contrario, no podríais hacerlo puesto que para modificar la forma de reparto se requiere aprobación por unanimidad y esta no existe se aplica la ley, es decir, por coeficientes.
Los coeficientes se aplican a todos los gastos de la comunidad, salvo que en estatutos se recoja específicamente que gastos se incluyen y cuales se excluyen.
Lo que ese propietario solicita, creo entender, es que como él no usa el ascensor para bajar al garaje se le aplique menos participación en los gastos de ascensor ¿no? Pues bien si esto es lo que pide, con ese mismo razonamiento, los propietarios de los primeros podrían solicitar que como sólo lo usan para subir un piso (y normalmente ni siquiera lo usan) pues que se les reduzca también el gasto... Por eso, es muy difícil llegar a un acuerdo unánime para pagar las cuotas de forma diferente a la que marca la ley, cada uno entiende los gastos de una forma.
Muchas gracias por la aclaración pero volviendo a la pregunta, ¿Cómo se calculan los coeficientes? ¿Podría poner un ejemplo práctico?
Un saludo.
No hay ningún método exacto, lo normal es que se tome como referencia los metros cuadrados de cada dependencia y en función a eso repartir proporcionalmente hasta alcanzar el 100%.
Por ejemplo, un edificio con 4 viviendas y un local, 3 de las cuales tienen 100m, la otra 40m y el local 60m. El 100% de las cuotas de participación correspondería a un total de 400m, haciendo una regla de tres obtienes que los 3 pisos de 100m tendrían una cuota de 25%, el de 40m - 10% y el local - 15%.
Aún así, ya te digo que no hay un método exacto, lo que si se tiene que cumplir es que sumen un total del 100%.

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