joseaf2 respondió:
En el ET dice que las vacaciones son de común acuerdo y que tienes que conocerlas con dos meses de antelación. En tu convenio puede que añada algo más, pero no tiene porqué.
joseaf2 respondió:
Es legal. Se llama absorción salarial. Siempre y cuando el salario base sea el que dice tu convenio para tu categoría real. Por ejemplo, eres albañil y cobras 1000 de salario y 200 de plus. Si la subida es 50 pasarás a cobrar 1050 y 150. Pero si...