Actividad pública reciente
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Acuerdo de despido
Efectivamente, tiene derecho al finiquito, y a la docuementación como cialquier trabajador. Pero debería de acudir a la Mutua, para solicitar el pago delegado, pues el riesgo de embarazo es una situación asimilada a la Incapacidad temporal.
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Días por motivos personales
El Estatuto de los trabajadores no establece días por asuntos propios por lo que solo puecen estar recogidos en COnvenio Colectivo. No conozco el tuyo así que desconozco si lo establecen o no. Lo mejor que puedes hacer es acercarte a la Oficina...
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¿Derecho a paro y finiquito?
Si te marchas tienes finiquito (lo que te deban de vacaciones y pagas extras), pero no indemnización ni paro. Si te despiden por bajo rendimiento y no demandas tendrás finiquito y paro, pero no indemnización. Si recurres contra la sanción (es gratis...
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Días de vacaciones del año anterior
Primero te recomendaría que hablases con el departamento de personal de la empresa e intentases pactar la cuestión del disfrute de las vacaciones del 2008. En muchas ocasiones las empresas tienen establecidas fechas tope para su disfrute para evitar...
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Nuevo horario en reducción de jornada
Debes realizar el horario pactado, no hay límite de un año para que puedas cambiarlo, de hecho no puedes exigir el cambio pero si puedes pactar un nuevo horario siempre que entre ambas partes exista acuerdo. Salvo que el convenio colectivo regule...
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Cambio de horario en reducción de jornada
Es que no tenías que haber firmado ningún contrato nuevo. Tu contrato anterior, antes de la excedencia, seguía vigente y tenias que haber sido readmitida en las mismas condiciones, incluyendo horario que tenías antes. Por tanto tu demanda debe ir por...
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Días de vacaciones por mes trabajado
Es una simple regla de 3. Si has trabajado 2 mese sy medio, has estado fuera 9 y medio. Has de mirar los días que te corresponden al año según tu convenio, y no pueden ser menos de 30 naturales. En el peor de los casos, te corresponderían 6,25 días...
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Una nueva excedencia por cuidado de hijos
Ese plazo del que hablas es para el caso de la excedencia voluntaria pero ese no es tu supuesto. En el caso de excedencia por cuidado de hijo podrías cogerterla sin problemas cuando nazca tu otro hijo
