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Mi abuelo falleció, mi mamá también, ¿Mi abuela me puede botar de la casa?
EL CÓDIGO CIVIL determina que los herederos son los hijos, y si érstos han fallecido los hijos de éstos o sea los nietos por el derecho que tienen de sus padres Por tanto la vivienda será de tu propiedad una vez hecha la declaración de herederos
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Cualquier persona puede ejercer la usucapión?
Yo lo hice, con el paso del tiempo, haciendo uso de la finca de forma notoria y publica, al cabo del tiempo que la ley determine y mediante expediente de domninio en información poblica ante el ayuntamiento, se adquieere la propiedad