josbian respondió:
El el Estatuto de los trabajadores establece que, los parientes de hasta segundo grado son los hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos, cuñados y tu cónyuge, así como los mismos de tu marido-mujer (suegros, abuelos de tu cónyuge, cuñados,...
Corresponde algún tipo de permiso por el ingreso de la abuela de tu mujer