Corresponde algún tipo de permiso por el ingreso de la abuela de tu mujer

Por el ingreso o por la operación de la abuela de mi mujer me correspondería algún tipo de permiso dado que mi mujer no puede conducir por encontrarse en la recta final del embarazo?

Mi convenio es el de comercio

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El el Estatuto de los trabajadores establece que, los parientes de hasta segundo grado son los hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos, cuñados y tu cónyuge, así como los mismos de tu marido-mujer (suegros, abuelos de tu cónyuge, cuñados, concuñados, hijos de tu cónyuge o nietos de tu cónyuge). En caso de parejas de hecho legalmente inscritas tendrás los mismos permisos. Así por enfermedad grave, accidente, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario o fallecimiento tienes un permiso retribuido de dos días naturales. En este caso se pueden coger dichos días en cualquier momento del proceso de baja u hospitalización del pariente para poder distribuirse los días entre los familiares. Si necesitas hacer mas de 150 km de desplazamiento entonces tendrás cuatro días naturales de permiso. Deberás aportar a la empresa justificante del enfermo con nombre y apellidos y que se especifique vuestra relación de parentesco. De todas formas deberías de consultar el convenio colectivo porque estas condiciones pueden estar mejoradas, pero nunca pueden estar por debajo de las establecidas por el ET..

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