Experiencia
Hola soy alex. No soy abogado ni nada por el estilo pero te recomiendo leerte el articulo 21 de la ley de arrendamiento urbano (29/1994 de 24 de noviembre) donde dice que el arrendador esta obligado a realizar (sin que te suba el alquiler) todas las reparaciones necesarias para conservar las condiciones de habitabilidad. Si éstas duran más de 20 días, tendrá que disminuirte la renta proporcionalmente a la parte de la vivienda afectada por las obrasAún no ha realizado ninguna actividad pública.