Testamento con fiducia en Aragón.

Testamento mancomunado con fiducia a favor del cónyuge viudo en Aragón.

El cónyuge sobreviviente tiene la potestad de repartir la herencia del muerto en el tiempo y proporción que considere entre los herederos.

El 50%, por la legítima, entiendo que debe de ir a los herederos.

¿Puede disponer para sí del 50% de los saldos bancarios no sujetos a legítima, o solamente de sus intereses como usufructuario?

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