Eliminar a un cónyuge de la escritura

Hace un año compramos un piso a nombre de mi marido y mío, si ahora quisiéramos quitarlo y dejarme a mi solamente, ¿cuál sería la opción más fácil y menos costosa para hacerlo? Estamos en separación de bienes, y residimos en Baleares.

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Para hacer lo que quiere solo tiene estas opciones:

A) Donación, que su marido le done -regale- su parte.

B) Compraventa, que su marido le venda su parte.

C) Extinción del condominio, que acuerden dar por terminada esa copropiedad y, al ser indivisible, usted la suma y compense al otro condueño por el valor de su parte.

Desde el punto de vista fiscal, el aspecto más costoso, considero que la opción C) si se hace correctamente es la más recomendable.

Entonces, la primera al ser donación, se tendria que pagar un 1%, no?, creo que es lo que corresponde en Baleares.,"creo"

La opción 2, no la contemplo por que no le voy a pagar nada, y ese dinero me imagino que tendrá que estar reflejado en algún sitio como así se ha realizado. 

Y la opción 3, es parecida a la 2 la cual tengo que recompersarle.

Ni nos vamos a separar ni nada, sólo queríamos que apareciera sólo yo en la escritura, por lo que darle un dinero es absurdo, y esas, no tengo..

El impuesto sobre donaciones es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, no conozco la normativa balear al respecto pero dudo mucho que el tipo impositivo sea el 1% en una donación entre cónyuges.

Efectivamente la opción 3 exige una compensación, sino sería donación y volveríamos a la 1, pero el tratamiento fiscal es mucho más beneficioso.

¡Gracias! 

En la opción 3, extinción de condominio, ¿se puede hacer aunque no nos vayamos a separar?, si fuera que no, que solución tendríamos o como podríamos hacer, para que su parte de la vivienda pasará a mi, ¿es decir poner el 100 % el piso a mi nombre?, gracias

Nada tienen que ver la separación conyugal con la extinción de un condominio o incluso la extinción de la sociedad de gananciales.

Pedro me contestas a todas las dudas tu!! Que gracia..

Entonces yo puedo hacer la extinción de condominio, sin pagarle nada a mi marido?, cambiando escrituras y ya está?, pagando los gastos que eso conyebara  que no lo se, y luego el tema haciendo me repercute para algo?, tendría que pagar algo yo o no, no se , si me dices te lo agradezco 

Contesto a as preguntas:

1.- Al extinguir el condominio el que sale de él debe recibir el valor de su participación sino se consideraría donación, con la carga fiscal que supone.

2.- Habrá que pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentados, si se respeta lo anterior.

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La mejor opción, como bien le ha ilustrado el compañero, sería la disolución de condominio. Las partes indivisas de pisos pueden venderse también a empresas especializadas en comprar partes de piso en proindiviso por herencia o divorcio como https://proindivisoherencia.com Tenga presente que si tienen hipoteca continuará a nombre de ambos.

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