Deducciones IS por minusvalía

Mis suegra va a heredar por el fallecimiento de su hermana. Posteriormente al mismo le concedieron un 77% de grado de minusvalía. Al principio nos dijeron que no tenía derecho a deducción pero luego nos han dicho que al no estar todavía adjudicado ni registrado el cuaderno particional si tenía derecho y no sabemos que hacer. Quisieramos saber cual es la legislación al respecto para no tener problemas posteriormente

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

La fecha de devengo del impuesto es la fecha de fallecimiento, no la de adjudicación de la herencia, por lo tanto, cualquier circunstancia ha de ser a fecha de fallecimiento, para evitar problemas.

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