Pago de impuestos por ganancia patrimonial

Mi pregunta tiene que ver con el pago de impuestos por venta de vivienda habitual.

En 1995 compré un piso al 50% con mi cónyugue por 107.000 euros

En 2006 me divorcié y compré su parte. En la escritura de extinción de condominio se da un valor al piso de 112.000 euros. Quedaban pendientes de hipoteca 60.000 euros; ella me cedió su parte y yo le pagué 30.000 euros.

En 2018 vendí el piso por 122.000 euros y me quedaban 75.000 euros pendientes de pagar por la hipoteca. La suma de gastos de gestión (inmobiliaria e impuestos de plusvalía suben a 12.000 euros

(75.000 + 12.000 = 87.000)

¿La ganancia patrimonial sobre la que debo pagar impuestos cuál es? ¿Es la diferencia entre los 112.000 euros que valía el piso en 2006 y los 122.000 de la venta? Los 107.000 que costó en 1995, o el beneficio de 35.000 euros (122.000 de venta - ¿87.000 euros de gastos?

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Debería contactar con un profesional, para ver todas las posibilidades. Existen supuestos de exención en la venta de la vivienda habitual. Para determinar la ganancia o perdida patrimonial, tiene que tener en cuenta dos partes,

a) El 50% de su adquisición originaria, con los costes inherebtes a dicha adquisición

b) El 50% por la extinción del condominio, básicamente aquí, tiene que ver el valor neto por el que adquirió ese 50%, considerando que asumió la parte de la hipoteca de ella.

Existen pues, dos fechas de adquisición distintas, lo que es interesante por la reducción del incremento por los años de posesión, hasta el año 2006. https://www.fiscal-impuestos.com/guia-fiscal-capitulo-3-irpf-ganancias-perdidas-patrimoniales

El importe de la venta y los gastos inherentes los divides tambien en dos partes, para enfrentar a los puntos a y b.

Si necesitas nuestra ayuda profesional, contacta email: [email protected]

¡Gracias! 

Sin duda, consultaré con un profesional porque el tema es complicado, solo quería una primera impresión por parte de algún experto.

Muchas gracias

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