Contabilizar factura de cliente en la ( 438) al final de año.

A final de año, varios clientes ( grandes cadenas), debido a que tiene que justificar el presupuesto que tiene asignado durante el año y con el fin de que no se lo recorten para el siguiente año, nos solicitan que les emitamos las facturas de trabajos que se realizarán, en enero o febrero del siguiente año.

Nuestro Asesor nos ha comentado que estas facturas de venta, dado que en realidad estos trabajos no se efectuaran en ese año, debemos contabilizarlas en la cuenta (438) Anticipos de clientes y no en la (700) .Eso si el IVA correspondiente se declara.

En el siguiente año, cuando se efectúen los trabajos, se regulariza el asiento y se taspasa el sado de la (438) a la (700)

Seguramente sera correcto, pero al mirar información sobre esta cuenta, entiendo que habla de anticipos reales de dinero, ya sea transferencia bancaria o cualquier otra forma de pago, pero no he encontrado que nadie utilice esta cuenta para contabilizar facturas .

El cliente pagará la factura cuando en el siguiente año, se realicen los trabajos.

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Pues tienes razón, la cuenta 438, por definición no encaja, en mi opinión tendrías que utilizar una cuenta de Ingresos anticipados 485

Aqui tienes un ejemplo  https://www.supercontable.com/informacion/contabilidad/Cuenta_485_Ingresos_Anticipados.html 

Normalmente se utiliza con contrapartida de tesorería, pero aquí tendría que ser la de clientes facturas pendientes de formalizar, y además como el Iva no está devengado no debería utilizarse la 477 normal, sino una de Iva no devengado que puede ser una subcuenta específica. Desde luego estás reflejando en contabilidad una presunción, salvo que de alguna manera el supermercado te garantice ese ingreso futuro contractualmente, un auditor pensaría que podría afectar la imagen fiel. Se recoge en el ejercicio algo que corresponde al siguiente.

También depende de lo que ponga en la factura, porque la emisión de la misma, te va a afectar el modelo 347 y el cruce de información en el SII, realmente esa factura sin pago no debería devengar Iva, pero plantea problemas en el cruce 347, porque el supermercado podría deducir un IVA que no le corresponde y declarar en su interés una operación de forma anticipada, este es el principal problema que le veo porque al final se declara una operación que es inexistente. No me termina de gustar que se accedan a pretensiones que salvo mejor opinión generan riesgos fiscales y un perjuicio financiero claro si asumimos la posición de su asesor de ingresar el iva como devengado.

Ruego valore respuesta.

Muchas gracias por tu respuesta antes de nada.

El Cliente a contabilizado la factura en el momento de su recepción,  por lo que se ha soportado el IVA. 

.En ese aspecto  no hay contardiccion , ya que yo he repercutido el IVA y él lo ha soportado y en el 347 hemos incluido ambos la operación.

Hacienda no da lugar a dudas, y obliga a declarar todas las facturas emitidas a nuestros clientes, independientemente de si las hemos cobrado o no..

Entiendo que incluir esta venta en la cuenta de ingresos no muestra una imagen fiel de la contabilidad ya que estos trabajos no se realizarán hasta el próximo año .

Lo único que realmente me presenta dudas, es si hay en el Plan Contable una cuenta que refleje la situación real de esta factura.

Si no he entendido mal, tu propuesta es que en  lugar de utilizar la cuenta  (438)  que por su definición no me encajaba. Utilice la cuenta 485 INGRESOS ANTICIPADOS'.

 Asiento:

(430x)  

                (477)

                ( 438)

Muchas gracias.

Saludos.

Sí, porque esos "ingresos" no se han devengado, como bien explicas lo harán en el año próximo. Y obviamente no hay una entrega de dinero que soporte la cuenta 438, aunque si vemos los motivos de cargo y abono de la cuenta 485 verás también la de tesorería.

Ninguna solución me gusta porque esta operación es simplemente "humo", y no debería de tener reflejo contable. Lo de las contradicciones en 347, si ambas partes declaran la operación, no existe, además entiendo el poder que tienen las grandes cadenas de supermercados.

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