Plazo para inscribir en el registro una adjudicación herencia

Tengo en un registro de la propiedad una adjudicación de herencia de una vivienda de la cual soy heredero de una parte junto con dos hermanos más, hoy han pasado 15 días desde que se presento en dicho registro y aun no ha sido firmada por el registrador, y hoy nos han dicho que todavía el registrador tiene otros 10 días más para inscribirla, ¿esto es así? ¿Este plazo de diez más es correcto? Yo tenia entendido que solo eran 15 días.

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Los registradores disponen de 15 días hábiles para tramitar la inscripción, por lo tanto, es muy posible que sea correcto el plazo que les han indicado. Pues son aproximadamente 3 semanas naturales.

¡Gracias! 

Hola Cracias por su colaboración, los días transcurridos desde la presentación son hábiles, se presento en el registro el 19 de Febrero y hoy finalizaba el plazo si no me he equivocado.

Saludos

Efectivamente, si no hay fiestas locales, el plazo ha terminado. Pero lo mejor que puede hacer es hablar con ellos, para ver si tienen algún tipo de retraso por alguna cuestión... Y si tienen prisa, comentarlo con ellos para que intenten agilizarlo.

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¿Es consciente que el plazo de 15 días es de días hábiles? Es probable que esos otros 10 días sea el plazo de días naturales hasta completar los 15 hábiles ;)

Buenas noches Miguel Angel, gracias por tu colaboración.

Los 15 días transcurridos son hábiles, hoy finalizaba el plazo, de hay mi extrañeza por decir que tiene 10dias más para inscribir, no se de donde se saca ese plazo.

Pues tampoco lo entiendo, aunque como con los bancos, son gestiones en las que se presupone el buen hacer del profesional y no hay norma legal. Te pego el texto de la propia página de los registradores, haciéndote notar la introducción: Como regla general...

¿Qué plazo tiene el registro de la propiedad para inscribir un documento?
Como regla general el plazo para despachar cualquier documento presentado en el Registro de la Propiedad es de quince días hábiles a contar desde su presentación, si al tiempo de dicha presentación se acredita el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos incluida la previa liquidación y pago de los impuestos devengados, o desde estas últimas acreditaciones, si las mismas se producen en un momento posterior.

Plazo para inscribir cualquier documento

Otro articulo que puede servir de base al menos para confirmar porque esa ampliación de plazo (que entiendo solamente se justifica por algún defecto de forma)

http://www.elnotario.es/index.php/hemeroteca/revista-4/3168-plazos-de-la-inscripcion-0-886760081059076 

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