Se deben reclamar los gastos de una vivienda en usufructo vitalicio?

Como ya deben saber vuelvo a preguntar sobre el mismo tema de la misma herencia, o sea tres hermanos a partes iguales y uno de los tres (el menor y en desventaja económica )nombrado usufructuario vitalicio de una vivienda y una plaza de parking. ... El caso es que desde prácticamente el fallecimiento de la madre, y sin haberse aceptado aun la herencia, el hermano menor ha asumido todos los gastos que la propiedad genera, es decir

1/administración de fincas 

2/administración del parking

3/seguro de hogar 

4/derramas de la misma finca.

Durante los tres años que esta herencia sigue yacente estos gastos y contribuciones han generado un gasto de casi 5000 euros, gastos que se han pagado puntualmente y que hasta la fecha ninguno de los otros 2 hermanos se han ofrecido a compartir o a cooperar. ..

A pesar que el hermano pequeño viva en la propiedad y asuma normalmente los demás gastos de vida diaria (luz, gas, teléfono y adsl )podría reclamar a sus hermanos las 2/3 partes de ese gasto, ¿ya qué el testamento (aceptado o no ) instituye a los tres hermanos como propietarios de esa vivienda?

¿Podría descontar esa cantidad A sus dos hermanos en el caso que sus hermanos quisieran venderle su parte de la vivienda?

Creo entender que aunque no se pusieran de acuerdo y finalmente el testamento quedara como la madre quiso, los hermanos deberían seguir pagando con la parte correspondiente estos gastos, incluyéndose el IBI y los demás gastos mencionados. ...

¿De otra manera esos gastos pueden ser reclamados?

2 respuestas

Respuesta
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La respuesta es muy sencilla. La palabra "usufructo" se explica por si sola. Quien disfruta del usufructo se beneficia del uso de la vivienda. Podría incluso alquilarla e irse a vivir a otro sitio. Por tanto, de la misma manera que puede disfrutar del bien, tiene la obligación de hacerse cargo de todos los gastos e incluso de las reparaciones y mantenimiento.

Gracias por su respuesta profesor 

En este caso, aun no he sido nombrado ni confirmado como usufructuario de esta vivienda, ya que el testamento no ha sido aceptado por los tres herederos, pero al ser el habitante habitual por empadronamiento histórico si que me estoy haciendo cargo de estos gastos, los cuales de no estar siendo pagados la casa hubiera entrado en embargo, nuevamente repito, yo resido en la vivienda desde toda la vida, pero oficial ,notarial o judicialmente he sido nombrado usufructuario de nada aún. ...

Muchas gracias 

¿Después de tres años seguís sin arreglar la cosa? ¡Increíble!

Léete bien el enlace que te ha mandado Pedro abogado.

Respuesta
1

El Código civil regula pormenorizadamente las obligaciones y derechos del usufructuario y del nudo propietario, le dejó un enlace significativo http://www.pedrohernandezabogado.com/2018/05/la-obligacion-del-usufructuario-de.html

Muchas gracias por su respuesta pedro 

Aunque el artículo es muy importante no responde a mi pregunta. ...

Por ser el domicilio habitual yo vivo en el domicilio de la madre, el testamento ni siquiera ha sido aceptado  (menos todavía por mis dos hermanos mayores, que en caso de desacuerdo amenazan con impugnarlo )

Por ello, yo no he sido nombrado o designado nada, el testamento está yacente y la casa sigue a nombre de mi madre. 

Solo figura mi nombre a efectos de domiciliacion de los recibos de lo arriba explicado. 

Si nadie hubiera pagado nada la casa ya estaría embargada, no cree? 

Le agradezco mucho la respuesta, pero creo que debe haber otra respuesta a este particular. 

Un saludo, gracias! !

En tal caso todavía no existe ningún usufructo, por lo tanto el que haya pagado gastos que correspondan a la regencia yacente, puede reclamarlos contra esa herencia yacente.

¡Gracias! 

Muchísimas gracias 

Esa es la respuesta que buscaba! !!

Me congratulo de ello.

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