Duda sobre pensión de alimentos

La pensión de alimentos de mi hijo, cuando se debe abonar, a mes vencido o a principios de mes, aún no tenemos convenio, pero el papa está dispuesto a pasarle una cantidad y lo ve los fines de semana si tiene tiempo

2 respuestas

Respuesta

Los pagos se hacen por meses anticipados y el plazo habitual suele ser los cinco primeros días del mes.

Efectivamente, mientras no teneis un convenio, la fecha del pago es un asunto de vuestro acuerdo.

Lo importante es que el pago se haga a través de una transferencia bancaria, indicando claramente el asunto, para que conste cuando y cuanto se ha pagado, para después evitar conflictos.

Respuesta

Aunque lo habitual es hacerlo en los 5 primeros días del mes, si no tenéis convenio regulador, lo interesante es que se hagan y se referencie a qué mes corresponden, para así quedar acreditado.

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