Socio trabajador con menos de un 25% de acciones ¿Puede darse de alta como autónomo societario?

En una empresa de servicios profesionales (abogacía, arquitectura etc...) Si un socio trabajador tiene menos de un 25% de acciones (pj un 10%) y únicamente trabaja para la empresa que es socio ¿puede darse de alta como autónomo societario?. En todas las referencias leídas siempre se dice que es obligatorio hacerlo con más del 25% pero no indica si es posible con menos. El motivo de esta decisión, es el deseo de estar por el régimen de autónomos (por el menor coste respecto a ssss) y no incurrir en ser un falso autónomo. También el uso de los servicios e instalaciones de la empresa sin las limitaciones que pudiera tener siendo un autónomo no relacionado directamente con la empresa.

Respuesta
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No. Si tienes menos del 25%, y hay un contrato de trabajo con la empresa, estarás en régimen general por asimilación, que implica básicamente que no tendrás derecho a la cobertura de desempleo y formación profesional.

Ahora bien, si tu te organizas tu trabajo, dispones de medios materiales para realizar tu gestión (ordenador propio, teléfono propio, línea de internet propia, email propio, etc) y la empresa a la que facturas es la única, y tienes un contrato de trabajo dependiente con más del 75% de los ingresos producidos por la misma, pero que la forma de organizar tu trabajo es propia, no estás sujeto a un horario de trabajo, etc estarías indicando que no tienes una relación de dependencia y ajenidad, por lo que podrías considerar la opción de ser autónomo, pero no autónomo societario que es cuando tienes que cumplir lo indicado con la Ley.

Salvo mejor opinión.

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