Puedo pedir una modificación de medidas de la extinción de la pensión de alimentos.

¿Puedo pedir una modificación de medidas de la extinción de la pensión de alimentos de los dos hijos mayores de edad?

Mi pregunta es si puedo pedir la extinción de la pensión de alimentos de los hijos ya mayores de edad y con los cuales no tengo relación ninguna. No quiero extenderme mucho en la formulación de la pregunta, pero los motivos por los cuales lo pregunto son como ya indicado que uno de ellos es que no tengo ningún tipo de contacto con mis hijos. Mi hija no sé si estudia ni trabaja y cuando la llamó vía telefónica o whassap no tengo respuesta alguna. Mi hijo no quiere saber nada de mí, y cuando me ve, como cuando estuve en el instituto para tener una reunión con su tutor para ver cómo llevaba el curso, ya que es repetidor de 2 de instituto por dos asignaturas que por cierto no aprobado, me esquivo estando a un metro de mí desplazando a su propio compañero. Muchos pensaran que soy un mal padre al solicitar la extinción de la manutención pero en mi defensa decir que pago rigurosamente desde antes de salir la sentencia de divorcio la manutención, que actualmente desde hace algo más de año y medio cobró una incapacidad por accidente laboral, con cuatro operaciones de espalda, vamos por la quinta y pendiente de revisión de secuelas, lo que me incapacita poder seguir trabajando lo cual mi economía se ha visto reducida incluso llegando a tener que vender parte de mí patrimonio para poder llegar a final de mes. Que en ninguna de las intervenciones médicas mí hijo se ha preocupado por mí estado de salud ni pregunta por ella ninguno de los dos. Existen más razones pero no quiero prolongar mucho más la consulta. Es duro tener que solicitar este tipo de medidas, pero cuando te ves ya tan al filo del precipicio y te sigues sacrificando, ves pasar fechas tan señaladas y no recibes ni tan siquieras una felicitación aunque uno se las envíe todos los años, por cumpleaños, navidades, etc ... Creo que a muchos padres y cuando digo padres me refiero a madres y padres, en mi misma situación o similar se nos rompe el alma.

No quiero extenderme más y agradeceros que existan este tipo de foro donde al menos nos podemos desahogar y realizar dichas consultas.

A esperas de respuesta os deseo a todos que tengáis un buen día.

Respuesta
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La patria potestad se extingue por varias causa, entre ellas la emancipación. Y la emancipación ¿cuándo se produce? Pues cuando se cumple la mayoría de edad. Es decir, el convenio por sí solo se extingue a los 18. Ahora sus hijos ya no están bajo la representación de los progenitores, ya no dependen de los que ejercían la patria potestad.

Cosa distinta es que sus hijos siendo mayores de edad, estén estudiando y tengan como vivienda habitual la de la madre. En este sentido y por imperativo legal, está obligado a contribuir con los "alimentos", y dentro de los alimentos se encuentra el bachiller, la universidad...

Conclusión: No tiene que pasar una pensión de alimentos a sus hijos pero si se están formando para su futuro profesional, deben contribuir ambos progenitores con la cantidad que ambos acuerden en base a los gastos de sus hijos.

Consejo: Aunque no tengan relación, tendrá que comprobar que sus hijos se están formando o comprobar si están trabajando, si lo que quiere es dejar de pagar... Pues si deja de pagar sin tener conocimiento de lo anterior, si podrán interponer una reclamación judicial contra usted, pero sus hijos ( pues como le he dicho al principio, ya no están representados) y no la madre.

Para cualquier otra duda: [email protected]

Muchas gracias María José por su respuesta. Me soluciona algunas dudas pero me surgen otras,como por ejemplo, uno de mis hijos ha repetido curso y ha vuelto a suspender.No ha acudido a clase teniendo muchisimas faltas sin justificar,de hecho me comuniqué con su tutora donde me explicó que por mucho que intentaban localizar a su madre,era imposible,vamos que ni la conocen por el instituto. Mi otra hija,terminó estudios,e  hizo prácticas y no se si trabaja o no,pues por más que intento en que su madre me explique la situación de ambos,no consigo respuestas. Lo que si sé y de buena mano,que el novio de mi hija vive,porque duerme allí casi todos los días,en lo que era mi casa.Me digeron que estaba en situación como de recogido,pero es mentira,el tiene a sus padres viviendo enfrete,lo que pasa que es mas cómodo vivir en un chalet que en un piso pequeño.Esto es curioso porque el si trabaja. Mi hija vivió conmigo durante nueve meses,los cuales la madre dejó a menudo solo a mi otro hijo,siendo menor de edad aún, durmiendo solo en la casa mas de un fin de semana.....Con todos estos datos,cuando mis hijos me dicen no querer saber de mi,mi hija vuelve a casa de la madre porque en la mía se le pone una serie de normas. Es más tenía hasta los papeles entregados en el juzgado para revisión de convenio y me costó el dinero,porque cogió y se fue....no se puede hacer absolutamente nada?.Me encuentro atado de pies y manos y muy desesperado ante esta situación de tanta desigualdad,porque sé que la madre apenas para, en lo que era mi casa y los niños son los que hacen y deshacen a sus antojo en ella ,la que por cierto ,tiene mantenimiento cero.

1. Vuelva a intentar ponerse en contacto con ellos y después, guarde los mensajes que haya les haya enviado, tanto a la madre como a los hijos (pregunte sobre su formación, cómo han ido las notas, si trabajan, indique que no sabe nada de ellos, que le gustaría verlos para saber qué planes tienen de futuro, que ya son mayores...) Necesita prueba acreditativa para el futuro. Y además, no se preocupe, podrá solicitar testigos a juicio como el testimonio del educador de su hijo (por ejemplo).

También los puede desheredar. Si no quiere más contacto con ellos.

Si eres tan amable, valora las respuestas.

¡Gracias!  de nuevo María José. Todo lo que me has escrito ya lo he realizado sin éxito. Todo como se suele decir, silencio administrativo. Todo  el expediente académico de mi hijo lo tengo con todas las faltas a clase, notas trimestrales y conversaciones con su tutora y notas finales.de Muchas Gracias por la información, me aclarado muchas dudas.

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Es motivo suficiente para solicitar bien la extinción, o subsidiariamente una modificación de medidas.

En muchas sentencias o si hay mutuo acuerdo se recoge hasta cuando se debe abonar ese tipo de conceptos a los que te refieres, revisa la tuya a ver si dice algo, sino bien habla con tu mujer a ver si se puede hacer esa modificación de mutuo acuerdo y en caso contrario acude a un abogado para iniciar las pertinentes acciones legales (aunque de todas maneras os tocará acudir a un abogado, la diferencia es pagar solo uno los dos o uno cada uno)

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