Cantidad embargable de nómina+extra

A mi marido le ha llegado embargo de nómina. ¿En el caso del mes de junio y diciembre que es cuando recibe la extra, que cantidad es embargable?. A él le llega la nómina junto con la extra, y su empresa dice que se le aplican los porcentajes a la totalidad, es decir, el primer SMI es inembargable y al resto se le aplican los porcentajes. Yo creía que en estos casos es inembargable los dos primeros SMI, uno por la nómina y otro por la extra. Agradecería que me pudieran confirmar como se debe hacer según la ley.

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