Concedido un préstamo con garantía hipotecaria e inmediata retención del mismo.
Después de la concesión de un préstamo (repito) con garantía hipotecaria con la finalidad de hacer una reforma integral, me encuentro con que el director no para de decirme y repetirme que el importe esta retenido en la cuenta y que cualquier disposición ha de ser justificada. Hemos tenido mi marido y yo que presentar y justificar cada una de las peticiones previas correspondientes a la concesión del mismo, como es lógico, pero de ahí a que ahora tengamos que justificar (ojo, podemos hacerlo sin problema) cada uno de los movimientos para efectuar los pagos a los constructores etc, me parece un abuso inbustificado.
En la copia de la escritura, en ningún momento se hace mención ni a la finalidad del préstamo (nada de las obras y reformas para cuya finalidad es) ni mucho menos a que lo tendrán congelado hasta previo aviso y justificación. ¿Esto supone que pagas intereses desde el primer dia para que no puedas disponer del mismo?
Y si has de realizar un pago, por ejemplo, un viernes por la tarde (el banco cerrado etc), ¿no puedes hacerlo? ¿
Gracias por los comentarios y la ayuda que me podáis ofrecer. Realmente todo es desesperante.