Posible señal dirección prohibida ilegal o inválida en zona privada

Se trata de una cuestión tal vez complicada, trato de explicarla con claridad y concisión. En una plaza de Toledo capital existe una zona perteneciente al Ministerio de Fomento, una pequeña explanada bien delimitada, que usan como aparcamiento, aproximadamente un tercio de la pequeña plaza. Al estar en pleno casco histórico, donde apenas hay aparcamiento para residentes, hace años que tenemos el acuerdo tácito con el Ministerio de Fomento por el que los vecinos de la zona usamos este aparcamiento los fines de semana, fuera del horario laboral. Ocurre a menudo que el fin de semana ese pequeño aparcamiento está lleno, de modo que llegamos cualquiera y no podemos aparcar, nos vamos y punto. Pero el conserje del ministerio, que vive dentro del edificio, se ha molestado a veces si algún familiar o amigo ha llegado a verle en el fin de semana y no ha podido aparcar (él usa un garaje interno para su coche, no tiene problema), y últimamente ha optado por denunciar a los vehículos aparcados, basándose no en un aparcamiento ilegal (ya que la zona de aparcamiento no es parte de la vía pública, sino zona privada), sino porque a la entrada de la zona de aparcamiento hay una señal de "dirección prohibida" que reza "excepto vehículos autorizados de 7 a 19 horas". Al hablar con la policía nos dicen que efectivamente denuncian porque los vehículos aparcados forzosamente han tenido que infringir la prohibición, puesto que ninguno tiene la tarjeta de acreditación del ministerio, y es por eso y solo por eso, no por el hecho mismo de estar aparcados allí.

Nuestra perplejidad es que YA QUE NO HAY SEÑAL DE VADO, sí exista la de dirección prohibida y tenemos la sospecha de que pudiera haberla puesto el ministerio (que tiene acceso físico a estas señales y operarios que las coloquen), ya que la señal es relativamente reciente, nunca estuvo allí.

Nos gustaría aclarar lo siguiente:

1) Dado que la señal está en el casco urbano de Toledo, ¿quién tiene potestad para colocar señales de circulación? ¿Solo el Ayuntamiento, o podría hacerlo también el Ministerio?

2) Dado que la señal de dirección prohibida impide el paso no a una vía pública, sino a una zona privada, ¿es legal su colocación? ¿Puede prohibirse mediante la señal de dirección prohibida el paso a una zona privada? Dado que está colocada en la misma línea de entrada al aparcamiento, estrictamente prohíbe circular por zonas que no son públicas, sino totalmente privadas, ¿eso es correcto?

3) ¿Cómo podemos averiguar si esa señal está legalmente colocada, es decir, si no lo ha sido motu propio por quien no tiene potestad para ello?

4) Si la señal no hubiera sido legalmente colocada, ¿cómo se podría denunciar este hecho, y solicitar su eliminación?

5) Si la señal se ha colocado legalmente, pero no tiene sentido la prohibición, ¿cómo y ante quién puede denunciarse esto y solicitar su eliminación?

Añade tu respuesta

Haz clic para o