Régimen general en las Agencias de Viajes

Si vendemos una ruta turística gastronómica a un cliente desde la agencia de viajes actuando en nombre propio, pero que no incluyen ni transporte ni alojamiento, únicamente un guía y la comida en cada bar que conforma la ruta, al no incluir ni alojamiento ni transporte, no puede acogerse al REAV porque no es un viaje. En este caso iría por el Régimen General.

Mi pregunta a la hora de facturar es ¿Debo desglosar en la factura la comida con su iva al 10% y el servicio de guía y gestión al 21%?

Si cargamos un margen a cada partida; por ejemplo, un restaurante nos cobra 30€ por una comida, pero nosotros al cliente le cobramos 40€ y el servicio de guía y gestión lo cobramos a 100€ por ejemplo ¿Cómo quedaría la factura?

¿Sería así?

Comida 40€ + 10%  IVA 

Guía y gestión 100€ +21% IVA

¿O debería meter el margen de la comida (10€) en una partida aparte al 21%?

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