Puedo exigir la firma como comprador antes de fecha límite del contrato de arras?

Firmé un contrato de arras para la compraventa de un chalet, el contrato lo firmé en una inmobiliaria pero sin darme cuenta me han puesto que me comprometo a firmar ante notario antes del 31/08/2017, en ese momento pensé que poner esa fecha no me perjudica en nada ya que mi intención es firmar a finales de mayo, sobre todo que la inmobiliaria sabia que tengo prisa para firmar cuanto antes. Pues bien ahora despues de haberlo firmado y ya he solicitado que se ponga fecha para ir al notario, me comentan que la parte vendedora no puede salir del chalet antes del 31/8/2017, y que hasta esa fecha no se podrá firmar nada ante notario. Y mi pregunta es, yo no tengo derecho de firmar antes de la fecha límite teniendo en cuenta que soy yo quien se compromete a firmar antes de la fecha, la parte vendedora simplemente aceptó y firmó, el contrato no pone que la parte vendedora se compromete a firmar antes de una fecha concreta. Y no se si es relevante, cuando firmé el contrato no se me ha comentado de que estan viviendo ahí ni que tengan la necesidad de quedarse en el chalet.

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La fecha del 31 de Agosto es una fecha límite, no la fecha acordada para llevar a cabo la compraventa. Eso significa que debe usted requerir a los vendedores para que comparezcan en tal notaría en tal fecha a fin de otorgar las escrituras de compraventa acordadas. Hágalo, porque el asunto tiene toda la pinta de que van a quedarse con el dinero entregado por usted aduciendo que no ha cumplido, o asegurándole que le pagarán en el futuro el doble de lo pactado, o le dirán que que no tienen donde ir y que se espere a la entrega de llaves hasta que encuentren algo.

Muchas gracias Juan Carlos por su rápida respuesta, pero me sigue surgiendo una duda, ¿si yo por ejemplo les requiero que comparezcan ante tal notario tal fecha y tal hora y ellos se niegan? No podría hacer nada más que esperar, porque ellos dicen que si pueden firmar antes del 31/08 firmarían, pero ellos no pueden por la mudanza y tal, aunque yo no me lo creo porque la mudanza se puede hacer en menos de un mes sobre todo que el chalet me lo venden amueblado tienen que llevar solamente la ropa si es que realmente la tienen ahí.

En su contrato probablemente hay una cláusula penal para el caso de incomparecencia del vendedor, lo cual es el caso. Si no pone nada, han de devolverle el doble de lo acordado. Cuando la gente es remisa a salir es que se han gastado el dinero y no quieren vender, o ya tienen a alguien que les da más dinero y quieren esperar a ver si usted pierde la opción. Puede estar seguro de que los vendedores no juegan limpio.

Muchas gracias!! Me quedo un poco más tranquilo al saber de que estoy algo protegido, a finales del mes les reclamaré la comparecencia ante notario para firmar y si se niegan les pido la devolución de la señal. Mil gracias

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