Incorporar cotitular acto escrituración de nueva vivienda

Quería plantear una pregunta a algún experto en Derecho Hipotecario o Derecho Mercantil. Hace dos años, en agosto de 2015 me decidí a comprar una vivienda nueva en construcción, en solitario ya que mi situación económica era buena. La vivienda la entregan a finales de junio de 2017, es decir este año. La vivienda cuesta en total 240.000 euros (mas iva). La duda se plantea porque quiero incluir a mi actual pareja en la escritura de compraventa como cotitular, ya que en la hipoteca que hemos solicitado también vamos a ir juntos y a un porcentaje igual, al 50%. La constructora nos advierte que estamos incurriendo en una cesión de derechos y que MI PAREJA TENDRÁ QUE TRIBUTAR EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE (no concretan si es el impuesto de transmisiones patrimoniales o el impuesto de donaciones). La constructora nos ha obligado a firmar un papel en el que debíamos fijar los porcentajes de participación de la compraventa (que hemos establecido en un 75% para mí y un 25% para ella), Este imprevisto nos tiene un poco desconcertados ante la posibilidad de tener que realizar otro fuerte pago que no esperábamos. No sabemos si esto tiene que ser realmente así y nos gustaría encontrar la manera para incluirla a ella en el próximo acto de escrituración pero sin que tenga que pagar. ¿Cómo podíamos solventar esta situación? ¿Cambiamos los porcentajes al 99% para mí y el 1% para ella? ¿Nos inscribimos como pareja de hecho? ¿Cuánto tendría que liquidar ella si tenemos que pagar dicho impuesto?.

2 respuestas

Respuesta

No es Derecho Hipotecario ni Mercantil, sino Fiscal. Si no están ustedes casados (y por tanto no pueden, por ejemplo, aportar la casa a la sociedad de gananciales) comprarán en proindiviso. Esto significa que tiene que leer bien el contrato para ver si aparece la posibilidad de subrogación o escrituración en favor de tercera persona. Si no es así, la constructora tiene razón. Es una visión muy estricta del contrato, puesto que a ellos no les varía sus obligaciones ni les perjudica, pero hay que pagar impuesto de transmisiones patrimoniales, puesto que efectivamente usted transmite parte de la propiedad a su pareja. La cantidad que deben ustedes tributar depende de su comunidad autónoma, ya que es un impuesto cedido. Pregunte en la oficina liquidadora (puede hacerlo online) cuál es el tipo del impuesto.

¡Gracias!  Muchas gracias por su rápida respuesta. Mis disculpas al relacionarlo con derecho mercantil, mi desconocimiento es evidente y no pensé en derecho fiscal. En el contrato existe una cláusula que autoriza la cesión de derechos. Residimos en la Comunidad de Madrid y la duda que nos queda es saber si se tributa por el valor total de la compra de la vivienda, o sobre el porcentaje de participación que decidamos entre mi pareja y yo ?? En un principio habiamos decidido que participara en en 25% pero tal vez es mejor que figure solo al mínimo del 1%, y asi la liquidación del impuesto será más asumible para ella. ¿no cree? Gracias de nuevo por su respuesta. Un saludo.

Respuesta

Lo que han dicho es cierto. Mire la vivienda como lo que es y estraiga todo sentimiento de algo material. Cuanto mas detallado este todo los gastos, aportación, comunidad, agua, luz, etc es mejor, quien de ustedes paga y cuánto, con reconocimiento periódico de las dudas por ambas partes.

Si viven toda su vida en armonía no les causará ningún perjuicio, en caso de separarse les resultara más fácil.

Puede prestarla dinero con o sin intereses, sería el documento ante la comunidad de Madrid, también estaría bien ante notario

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