Viajes laborales extranjero de 3 días
Yo tengo una pregunta.
En mi trabajo tengo que viajar una media de 3 días seguidos al extranjero una vez al mes. A veces son formaciones a veces son reuniones de trabajo.
Mi contrato no contempla los viajes. Es decir mi puesto no está diseñado para viajar. En el convenio (convenio químico) sólo se regulan las dietas ( hotel, comidas...).
Mi empresa se hace cargo de todos nuestros gastos sin ningún problema. Hoteles, comidas, taxis... Todo lo que podamos necesitar.
Pero mi pregunta es cómo regular las horas.
Si yo estoy fuera 3 días de los cuales sólo me corresponde trabajar 8h al día o cómo mucho 10h. ¿Qué pasa con el resto de horas del día? ¿Son horas extras? ¿Es mi derecho que me devuelvan esas horas en bolsa de horas? Qué dice la ley.
Está claro que los viajes de 3 días me causan un agravio en mi vida y la empresa no me compensa por ello. Viaje o no, cobro lo mismo. ¿Esto es legal?