Préstamo entre particulares o donación desde país miembro?

Mi mujer y yo comenzamos construcción de nuestra vivienda habitual (autopromoción) en diciembre de 2012. El padre de mi mujer (alemanes ambos) nos prestó dinero en 2013 para la construcción de la estructura. Este vive en Alemania y mi mujer en Andalucía Granada. Yo no sabía que había que declarar ese dinero y ahora estoy viendo que se puede hacer como donación o como préstamo entre particulares a interés cero. Me gustaría saber cuál es la mejor opción porque si puedo hacerlo como préstamo y deducir las cantidades devueltas sería la mejor opción. De todos modos lo que más me interesa es hacer las cosas bien y no tener ningún problema con hacienda.

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Una de las diferencias principales entre los dos puntos, es que la Donación ya no se devuelve y el Préstamo sí. Por lo que, si procedes a una donación, es para ya no devolver ese dinero a sus padres, y si lo que realizan es avanzar dinero para que luego lo devuelvas, lo mejor es hacer un contrato privado de préstamo entre los suegros y tú mujer por ejemplo. Lo del interés, tiene que ser el mínimo bancario que marque en ese momento, al venir de Alemania, tendrán que mirarse el interés bancario de ahí, ya que, es como si hubieras pedido un préstamo en otro país. Ese préstamo no te permitirá deducción, ya que, no fue para la compra, si no para la reforma y compras varias. Eso, lo tendrías que mirar con el fiscalista cuando hagas tú declaración de la renta. No es un tema fácil. Puedes hacer un contrato que contenga una carencia de 2 años y una cláusula de amortización anticipada sin comisiones. Esta situación sería la más viable si hay que devolver dinero.

Hola y gracias por tu respuesta. En realidad ese dinero se utilizó para la construcción de la vivienda habitual y no para reforma y otras cosas. Sería desgravable en este caso?

Seria muy complicado, ya que, primero se tendría que tendrías que seguir algunas pautas, como la constitución de un contrato legal para justificar ese préstamo, el cuadro de amortización, intereses, ... así como que la normativa tendrá que ser la Alemana, ya que el contrato y dinero vienen de ahí, país de origen.

Ahora mismo, yo no podría decirte los requisitos mínimos por Rehabilitación a la hora de pedir un préstamo, pero de bien seguro que si lo declaras, tus suegros deberán ponerlo en sus informes fiscales también y no sé que tipo de impuestos se pueden llegar a pagar ahí Alemania. Aquí un contrato entre particulares no se paga, sólo lo debes registrar para legalizarlo en la oficina liquidadora, supongo que ellos, deben tener un proceso más o menos similar. Se deberían informar con un gestor de ahí, más que de aquí.

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