En la Junta de Andalucía, puede un grupo profesional 3 cobrar menos que un grupo 4?

Trabajo en la esfera autonómica de la Junta. Somos personal laboral. Estamos en negociaciones de reclasificacion/reconversión de plazas de auxiliar administrativo en Administrativo. Y resulta que finalmente el salario bruto anual nuestro, ya de administrativo (categoría laboral 3) es inferior al salario bruto anual de otro puesto ya existente perteneciente al grupo 4. Indicar que todo el sueldo es salario base + antigüedad. ¿Es eso legal? ¿Qué podemos argumentar?

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