Contrato de una empresa, pero el trabajo se desarrolla en cliente

Trabajo en una empresa de servicios informáticos. Estamos pensando en contratar a una persona para efectuar trabajos en la empresa cliente, no en nuestra sede. ¿Esto es legal o es cesión ilegal?

Habíamos pensado en un contrato temporal por obra y servicio, luego indefinido. Vamos a incluir una cláusula en el contrato sobre esta situación de trabajar en las instalaciones del cliente, pero no sabemos si hay que comunicarlo de alguna forma a la Seguridad Social.

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