Excedencia voluntaria funcionarios de carrera

Estaba mirando estos días la opción de la excedencia voluntaria por agrupamiento familiar y me preguntaba si en el caso de los funcionarios de carrera podría pedirse en el supuesto de que el cónyugue fuera personal estatutario del servicio de salud. Según viene recogido actualmente en el artículo 89 del texto refundido del Estatuto básico del empleado público se establece explícitamente para el caso de que el cónyugue del solicitante ocupe con carácter definitivo una plaza de funcionario de carrera o laboral, no obstante me pregunto si podría interpretarse en este caso como asimilable a funcionario de carrera el personal estatutario, ¿existe algún precedente?; cabería indicar que en el caso del Estatuto Marco del personal sanitario de los servicios de salud, dentro de su artículo 67, aparece recogida una opción similar de excedencia por agrupamiento familiar en la que se reconoce que en este caso valdría conque el cónyugue fuera personal del Sistema Nacional de Salud, funcionario de carrera o laboral fijo

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