Dudas sobre una Herencia de un cuñado con mi hermana ya fallecida

Mi padre ha sido declarado heredero por parte de su cuñado (la hermana de mi padre ya ha fallecido)

En el testamento ha dejado como heredero a mi padre y como legatarios a 3 sobrinos suyos

A dos de los sobrinos les ha legado el efectivo que tuviera en sus cuentas bancarias

Al tercer sobrino le ha legado 6000 euros que tendran que ser pagados por el heredero (mi padre)

Si mi padre no acepta la herencia, ¿le pueden reclamar estos 6000 euros de alguna forma?

¿Pueden obligar a mi padre a declararse heredero los legatarios?

Si mi padre no se declara heredero, ¿los legatarios pueden reclamar su legado?

2 respuestas

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La herencia es un derecho y no una obligación, ya que se puede renunciar a ella.

Interpreto por lo que expone que para que el sobrino perciba los 6000 euros, previamente su padre debe,(si quiere), aceptar la herencia y del valor que le corresponda abonarle los 6000 euros. Requisito que hizo constar el fallecido en el testamento.

Su padre no tiene obligación de aceptar la herencia y por ello si es un requisito que la acepte para que el sobrino pueda cobrar... si no acepta, este no cobraría nada..."y se acabó". Ahora bien, a falta de hijos y demás y existiendo testamento, su padre debe de ver primero que es lo que heredaría y calcular si le merece la pena aceptar la herencia y pagar los 6000 euros. Ojo.. y sobre todo que se entere de si el fallecido tenía deudas... porque tendría entonces que apechugar también con estas, ( y por supuesto a medias con los demás herederos).

Un cordial saludo.

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Muchísimas gracias por su tiempo

Una ultima consulta. Mi padre es el único heredero en testamento y mi tío no tiene ascendientes ni descendientes directos, si mi padre no acepta el testamento, ¿los legatarios podrían reclamarle para que lo fuera? Si mi padre no se declara heredero los legatarios podrían reclamar su parte de la herencia o se quedarían sin poder cobrarla.

Muchísimas gracias de nuevo, un saludo

Podríamos decir a groso modo y salvo anomalía tipo jurídica que su padre siendo heredero y aceptando la herencia, de entrada realizaría el Imp.de Sucesiones... y los legatarios también. Ahora bien, el heredero es el primero en verse pagando si existieran deudas y los legatarios, si se llega al acaso también, pero de una forma mas secundaria.

El heredero no puede renunciar a unas cosa si y otras no.. si acepta lo hace con todo. El legatario, de las distintas propiedades que le puedan legar, si puede decir si a esta o no a la otra,"salvo que quedara obligado a aceptar una para poder aceptar las demás". Entonces lo acepta o lo pierde.

A mi entender, el requisito de que su padre acepte la herencia para que un legatario pueda entonces cobrar esos 6000 euros, no le obliga por ello a aceptar dicha herencia. Es mas, si observa que existen deudas que le puedan afectar la pago y por ello quiere renunciar "puede hacerlo". Así ni tiene la herencia.. ni debe deudas ni paga Imp.Sucesiones. Por otro lado, si el legatario quiere "pelear" para obligar a su padre y conseguir los 6000 euros.., que lo indique en notaría. Podría incluso a falta de heredero quedarse con lo que le correspondiera... y pagar todo lo expuesto si lo hubiera, por partir en su caso de una aceptación.

Salvo algo raro que conste en ese testamento. PUEDE RENUNCIAR y los legatarios solicitar si se tiene a bien se le otorgue lo que pudiera corresponderle.

Un cordial saludo.

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Ante todo habría que leer ese testamento para contestar con más posibilidad de acierto, no es lo mismosi está sujeto al Derecho Común, que a alguno de los derechos forales.

Los legatarios pueden reclamar sus legados con independencia del heredero.

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