Cual es la Herencia si te casas con hombre con 2 hijos

Me voy a casar próximamente en régimen de separación de bienes. Yo estoy soltera y sin hijos y mi pareja está divorciado y con dos hijos. En caso de fallecimiento, ¿cómo queda el tema de herencias en su caso y en el mío?

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Coral,

Esta contestación es para el territorio común, en otras comunidades autónomas, provincias, islas o territorios singulares el juego de las legítimas es diferente.

Es muy conveniente y barato otorgar testamento en el que se deberán respetar las legítimas:

Los dos hijos del marido tienen derecho a la legítima “corta o estricta” de 1/3 de los bienes y 1/3 de mejora que se podría dejar a los dos hijos, a uno de ellos o en diferentes proporciones entre ellos.

Sobre el tercio de mejora el cónyuge tiene derecho al usufructo vitalicio que se podría liquidar en metálico. Cómo solo es un usufructo sobre 1/3 de los bienes de la herencia el cónyuge podría tener que abandonar la vivienda común.

En testamento por tanto se podría dejar 1/3 de libre disposición a quién se quiera, que en este caso podría ser el cónyuge.

Teniendo en cuenta las concretas circunstancias patrimoniales, personales, sociales y económicas se podría dejar en testamento el usufructo vitalicio de todos los bienes al cónyuge que sobreviva, en el caso de que superase el valor de las legítimas de los hijos este vendría obligado a compensar a los hijos.

Al ex-cónyuge no le correspondería nada pero podría ser el Administrador de los bienes de los hijos durante su minoría de edad, a no ser que en testamento se les asignase un administrador.

En realidad, esto es una simplificación, las posibilidades son casi infinitas, en caso de que el patrimonio sea importante la planificación patrimonial puede aconsejar constituir sociedades, aprobar protocolos familiares para la gestión de negocios y empresas, constituir fideicomisos y multitud de otras estrategias. Si es ese el caso un especialista en fiscalidad y planificación patrimonial podría ahorrar muchos problemas y dinero.

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Si se casa pasara a ser heredera si su marido fallece antes, junto con sus hijos.

En su caso si no tiene descendientes ni ascendientes ni familiares de hasta 2º grado, la herencia si no hay testamento expreso pasaria al estado directamente.

Si se casa su marido hereda.

Muchas gracias.  Entonces, si me caso y yo fallezco, no teniendo ni ascendientes ni descendientes, mi marido heredaría todo.  Si él falleciera, yo heredaría un tercio del tercio (puesto que tiene 2 hijos), es correcto?  He oído hablar del usufructo de los bienes en caso de fallecimiento, es algo automático o debe pasar por testamento?

Según el Código Civil, el cónyuge supérstite tiene por ley exclusivamente el usufructo vitalicio del tercio de mejora cuando concurre a la herencia con los hijos. Los hijos por su parte tienen por ley el pleno dominio del tercio de legítima estricta repartido en partes iguales entre ellos y la nuda propiedad del tercio de mejora cuando concurran con el cónyuge viudo en la proporción en la que el causante lo quiera distribuir. Hay finalmente un tercio de libre disposición. Para armonizar esos derechos legitimarios con la posibilidad de legar el usufructo vitalicio universal surge esta cláusula testamentaria conocida como “cautela socini”, por la que el testador atribuye a los legitimarios más de lo que les corresponde por legítima, pero con la condición de soportar el usufructo del cónyuge viudo sobre la totalidad de los bienes. De esta manera, si algún heredero pretende incumplir esa condición mediante la reclamación judicial de sus derechos legitimarios, queda su herencia limitada a la legítima estricta, es decir, a la parte que le corresponda de un tercio de la herencia.

El Tribunal Supremo ha declarado la validez de la cautela Socini, aunque no está regulada expresamente en el Código Civil.

Como dice el compañero en algunas comunidades puede haber derecho sucerio diferente.

Hay que ponerlo el usufructo.

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