¿Pueden compensarme el Complemento Personal porque me empiecen a pagar Antigüedad?
Resulta que llevaba 2 años seguidos con la misma cuantia en el concepto "Complemento personal" de la nómina, y el año en que me corresponde antiguedad (establecido un % fijo del Salario Base en Convenio) me lo incluyen en nómina y me restan exactamente la misma cantidad del "Complemento personal". ¿Pueden hacerlo? ¿Es legal? ¿Podría reclamarlo?
En el Convenio dice lo siguiente:
Art. 10. Principios generales en materia salarial.—1. Los salarios, dietas y suplidos establecidos en el presente Convenio Colectivo tienen el carácter de mínimos. 2. El incremento salarial pactado en este Convenio Colectivo no es compensable ni absorbible con las mejoras que por cualquier concepto vinieran ya concediendo las empresas.
A ver si alguien me sabe confirmar si podría reclamarlo.