Excedencia voluntaria y disfrute de vacaciones
He solicitado una excedencia voluntaria en la empresa en la que trabajo. Esta comenzaria en agosto de 2015. Mi pregunta es si las vacaciones devengadas en este año puedo disfrutarlas o por haber pedido la excedencia tienen la obligación de liquidarmelas. Me gustaría disfrutarlas antes del comienzo de la excedencia. Un dato importante es que aún no tengo firmado con la empresa ningún papel en el que se recojan las fechas que solicité para el disfrute de mis vacaciones.